“Interconexión cero” y control constitucional
Siempre será una bendición aprender de amigos honestos y capaces
En más de medio siglo he intervenido, como abogado, en muchos litigios. Mi pasión por la justicia, el derecho y la vida pública de México, y mi contribución como mexicano y panista a la modernización del país, se han sustentado en la práctica libre de mi profesión, sin depender jamás de acomodos políticos o de negocios.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación recientemente resolvió uno de los asuntos más trascendentes en los que he participado. Soportó, más que de costumbre, presiones, desinformación y falacias.
Con el voto concurrente de una señora Ministro (respecto de los efectos de la sentencia) el amparo resuelto por unanimidad de votos determinó que, si bien el Congreso de la Unión tiene facultades para legislar en materia de telecomunicaciones, no debe desbordarlas y, por ende, no puede invadir las que corresponden al órgano constitucional autónomo denominado Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
O sea que, las competencias constitucionales de los órganos autónomos deben respetarlas los demás órganos del Estado; y determinó que el Congreso, al imponer la “tarifa 0”, que impide al preponderante cobrar por el uso que de su red hacen los demás concesionarios, invadió las facultades de decisión que corresponden al IFT, conforme a la Constitución.
La importancia de esa sentencia, que
no dañará a los usuarios finales, trasciende, con mucho, a cuestiones económicas entre concesionarios, y a decisiones regulatorias y de políticas públicas. La Corte estableció un precedente en defensa de los órganos constitucionales autónomos, entre los que se hallan el IFT, la Comisión Federal de Competencia Económica, la CNDH, el INEGI, el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y hasta la Fiscalía General de la República, que aún no nace totalmente.
En medio de este litigio, algunos plantearon, falazmente, que la Corte daría
“un golpe de Estado al Congreso, como Maduro en Venezuela”, que “terminará la larga distancia gratuita”, que “se acabará
la competencia entre concesionarios” y muchas tonterías más. Lo cierto es que la Corte ratificó que todos los actos de autoridad, en este país, deben estar sometidos a la Constitución. Eso es lo de verdadera importancia para todos,
incluidos los inversionistas extranjeros que hoy lloriquean y pronto lo agradecerán.
Más allá de cuestionamientos válidos, a la luz de la Ley de Amparo, sobre los alcances de la sentencia, muy pronto los impugnadores de hoy —y sus dueños extranjeros— reconocerán que en México, gracias a la Suprema Corte, la Constitución está por encima de los vaivenes políticos a los que, por desgracia, frecuentemente sucumbe el Poder Legislativo.