Fiscalía General e impunidad
que relevará a la PGR funcione adecuadamente hay que evitar que el procurador tenga pase automático para convertirse en fiscal, lo que requiere modificar al artículo 102 constitucional; también es necesario para el país que este funcionario sea independie
“Lo más importante es que esa institución no se utilice con fines ni tintes políticos” “Hay que plantear una auténtica ruta crítica para transitar hacia esa dependencia”
¿Cómo empezar a trazar la ruta crítica para transitar de la PGR a la Fiscalía General de la República? ¿Qué necesita la nueva fiscalía para ser verdaderamente autónoma? ¿Cómo hacer lo mismo con las fiscalías en cada estado?
Entre los pasos que hay que cuidar para construir la nueva Fiscalía General de la República se encuentra evitar que el procurador general de la República tenga un pase automático para convertirse en fiscal. Lo cual requiere, además de modificaciones profundas al artículo 102 constitucional y transitorios, contar con un compromiso entre las fuerzas políticas para mantener la continuidad de los acuerdos que se tomen, con el fin de construir instituciones totalmente diferentes y reforzadas a las que hasta hoy han existido en el país.
Las nuevas fiscalías han sido centro de las demandas emitidas por parte de la sociedad civil, redes de organizaciones de derechos humanos y otros grupos de individuos e intelectuales. En pronunciamientos como Por una Fiscalía General de la República que sí sirva —publicado por el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO)—, o el desplegado “¡Hagamos las cosas bien! Fiscalía General de la República” —impulsado por Impunidad|Cero— se destaca la exigencia social de garantizar criterios de auténtica independencia y autonomía en las nuevas fiscalías que se encargan de la investigación y promoción de acciones judiciales en defensa de la legalidad y los derechos.
Derivado de lo anterior, el 29 de noviembre de 2016 el Presidente de la República envió una iniciativa al Senado, en la cual se propone la modificación del artículo 102 constitucional y el 16 transitorio para evitar el pase automático del actual procurador previsto por la reforma del 10 de febrero de 2014. Como señala la doctora Ana Laura Magaloni Kerpel, destacada académica y consejera de nuestra organización:
“¿Para qué? Pues lo más importante es que esta institución no se utilice con fines políticos. Para que no se haga uso de la persecución criminal como amenaza de castigo a los detractores del poder o una forma más de protección a los amigos.
“La utilización de la persecución criminal de forma política ha sido un modo a través del cual se ejerce y se detenta el poder del Presidente; ése fue un rasgo distintivo del sistema político autoritario. Fue una forma de generar orden y cooperación política. La reforma a la PGR conlleva una nueva manera de generar orden y de hacer política”.
La reforma constitucional de febrero de 2014 establece un nuevo esquema en el que se da a las víctimas mayores atribuciones para ejercer la acción penal, al tiempo que se otorgan mayores facultades a la policía para realizar la investigación. La reforma otorga también a los fiscales la capacidad de desestimar la investigación de delitos menores y de jugar un papel nodal en los posibles mecanismos alternos de resolución de conflictos.
Lo mismo debe ocurrir con las fiscalías en los estados para lograr contar con servidores públicos autónomos y totalmente independientes del Poder Ejecutivo.
Lo anterior implica plantear en el debate público, a partir de acuerdos y voluntad política, una auténtica ruta crítica (por ejemplo, a través de la creación de comisiones técnicas de expertos y especialistas que pudieran acompañar los procesos de transición). Un método avalado por los distintos actores, y que cuente con recursos presupuestales suficientes para contemplar desde los protocolos y procesos internos, considerando cómo se definirán los perfiles idóneos, no solo de los titulares de las nuevas fiscalías, sino de todo el personal que trabaja en las mismas (a partir de procesos transparentes y basados en las capacidades que los puestos requieran). De otro modo, la reforma implicará un simple cambio de nomenclatura.
Sin embargo, para comprender los alcances y posibilidades de esta reforma constitucional de 2014, es básico contextualizarla y relacionarla con otras reformas que comenzaron a implementarse en los últimos años. Así, la reforma a la PGR debe observarse junto a la reforma constitucional penal de 2008, la reforma a los juicios de amparo y la reforma en materia de derechos humanos, ambas de 2011, ya que en su conjunto constituyen un cambio de paradigma en la implementación de justicia en México.
La parte más innovadora de estas reformas, y que resulta fundamental para luchar contra la impunidad, es la que se dirige a otorgar mayor certeza jurídica a las víctimas, así como a contrarrestar los altos niveles de ineficacia e ineficiencia de los procesos judiciales en el país.
La relación e importancia entre estas reformas radica en la ampliación y justiciabilidad de los derechos de las personas (como la posibilidad de exigir a través de mecanismos jurídicos el cumplimiento o restitución de un derecho). Con las reformas en materia de amparo y derechos humanos, la reforma penal está en marcha, siendo ésta, probablemente, la que más incide en la confianza que tienen las personas frente al funcionamiento del sistema de justicia.
La reforma penal de 2008 promueve la transformación de un modelo mixto de justicia penal hacia otro acusatorio, adversarial y oral. Los cambios son importantes. De entrada, el Ministerio Público adquiere mayor responsabilidad y se equilibran sus atribuciones. Además se le otorga un papel más relevante al proceso penal, lo que promueve una mayor equidad entre el fiscal y la defensa del imputado.Todo esto, en un contexto de mayor transparencia en el que la audiencia ocupa un lugar central, por ser el elemento que asegura el contacto directo entre el juez y las partes del conflicto.
Además se fortalece al sistema de defensoría pública, al exigir que todos los defensores que intervienen en el sistema penal tengan licenciatura en derecho. Esto resulta fundamental para reducir la desigualdad en el acceso a la justicia, ya que cualquier persona podrá contar con una defensoría de calidad, independientemente de si cuenta con los recursos económicos para pagarla.
Considerando que “lo federal” es solo una parte del proceso y dado que hay 32 sistemas de justicia en el ámbito local, es claro que tenemos por delante un gran trabajo por hacer, a fin de lograr el funcionamiento de todos los eslabones de los diversos procesos (penal, de investigación, judiciales, entre otros).
Al lector interesado en la temática se sugiere consultar el contenido de la entrevista a la doctora Magaloni, Discutamos lo importante: La Fiscalía General de la República, así como el artículo Combatir la impunidad: El futuro del Ministerio Público, del doctor Iván Carlo Gutiérrez, donde se abordan los cambios fundamentales que implica el nuevo sistema de justicia penal en México y las atribuciones básicas del Ministerio Público en el mundo, en www.impunidadcero.org.
*Maestra en Derechos Humanos y Democracia por Flacso México. Licenciada en Derecho por la Universidad Pompeu Fabra y miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona desde 2008. Desde 2016 es coordinadora de Impunidad Cero