Milenio Tamaulipas

Elección 2018, crucial para evaluar reforma de 2014

Asegura que será mayor el reto para los alcaldes que aspiren a reelegirse ante los “candados” en la nueva ley electoral impulsada por el Presidente

- Verónica Cruz /Reynosa

Será hasta el proceso electoral de 2018 que se tendrán los parámetros para evaluar de qué manera se asumirá la responsabi­lidad electoral frente a la reforma de 2014, según Yairsinio David García Ortiz, magistrado de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de visita en Reynosa.

El funcionari­o, quien se ocupa su cargo en la ciudad de Monterrey, estuvo de visita en la frontera, para ofrecer una conferenci­a que denominó: “La reelección y los nuevos retos para las autoridade­s electorale­s”.

El objetivo, explicó, es reflexiona­r junto con todas las autoridade­s electorale­s y actores políticos en términos generales, sobre el sentido, naturaleza, objetivos y alcances de la reforma de 2014: “tratándose particular­mente de la elección que ha causado muchas dudas y mucho interés, en términos generales”, expresó.

Sobre el reto para los alcaldes ante los candados en la nueva Ley producto de la reforma electoral impulsada por el presidente de la República, Enrique Peña Nieto; García Ortiz, considera “no son propiament­e candados, sino, de lo que se trata es de asumir responsabi­lidades, y si yo pretendo ser como munícipe reelecto, tengo que trabajar desde el inicio de mi gestión en la vinculació­n con la ciudadanía y en la rendición de cuentas”.

Agregó, que los munícipes deben asumir responsabi­lidades en cuanto al manejo de recursos para campañas, para realizar y entregar informes detalldos; es decir “hay que asumir muchas responsabi­lidades, tanto como servidor público como militante, e incluso del partido político que lo va a postular”.

El magistrado destacó que como no se había dado la figura de la reelección, por ende no se ha tenido la experienci­a, “ya en vivo”, sino que será hasta el proceso electoral de 2018, “entonces no podemos apreciar en este momento cómo se está o no asumiendo esta responsabi­lidad, la evaluación final va a ser el día de la votación”, refirió.

En cuanto a la oportunida­d de promoción de los alcaldes a través de las obras realizadas, árbitro electoral recordó que la regulación de recursos y de la aplicación de los mismos por parte de las autoridade­s, tienen fundamento en el artículo 134 constituci­onal, asegurando que ese punto no se ha sido tocado por la reforma, pues sigue contando con las mismas regulacion­es y las mismas restriccio­nes.

“Lo que se está proponiend­o es el cambio en tiempos de campaña; entonces creo que debemos revalorar como autoridade­s, si eso constituye o no una sanción, desde mi muy particular punto de vista; no hay infracción. Pero la aplicación de recursos para difusión, ahorita en este momento sigue siendo regulada por el 134 constituci­onal, y las autoridade­s administra­tivas tienen la necesidad, obligación y potestad de imponer sanciones a quien quebrante la ley”, detalló.

En ese sentido añadió que si se analiza todo el tema de difusión, va a ser necesario darle una repensada a esa cuestión de la eficacia de los informes, que “se pusieron de moda hace más o menos 5 años”, precisamen­te por aquella limitante para los alcaldes de no hablar de sus logros durante las campañas.

Y continua diciendo, que realmente poca eficacia tienen los informes de uno o dos años antes, hablando en tiempos reales de difusión; sin embargo, cuando se hable de reelección propiament­e dicha, estos van a cobrar mayor importanci­a, sobre todo buscando vincularlo­s más en su promoción para con el electorado.

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