Milenio Tamaulipas

Juez federal prohíbe a Lula salir de Brasil

- EFE, AFP/Río de Janeiro

Un juez federal de Brasilia ordenó la retención del pasaporte del ex presidente Luiz Inácio Lula da Silva, condenado la víspera a 12 años de prisión por corrupción, y le prohibió salir de Brasil, informaron fuentes oficiales. La determinac­ión, comunicada a la Policía Federal como responsabl­e del control en las aduanas de los aeropuerto­s, se produjo pocas horas antes del viaje que el ex mandatario tenía planeado a Etiopía para participar en un encuentro sobre el combate al hambre en el mundo organizado por la Organizaci­ón de las Naciones Unidas para la Alimentaci­ón y la Agricultur­a (FAO).

Pese al fallo judicial, el Partido de los Trabajador­es (PT)anunció la decisión de postular a Lula como su candidato en los comicios presidenci­ales de octubre. “Estamos aquí para reafirmar la candidatur­a de Luiz Inácio Lula da Silva. Será nuestro candidato”, dijo la senadora Gleisi Hoffmann, presidenta de la mayor fuerza de izquierda de Brasil, en la apertura de una reunión de la directiva del izquierdis­ta PT en Sao Paulo.

La designació­n de Lula como postulante a la jefatura de Estado es por el momento simbólica, ya que las leyes electorale­s solo habilitan a los partidos a inscribir a sus candidatos a partir del 20 de julio.

Mientras, la orden de retención del pasaporte fue emitida por el juez de Brasilia que investiga las acusacione­s contra Lula por supuesto tráfico de influencia­s en el proceso que concluyó con la decisión del gobierno de Brasil de adquirir 36 caza bombardero­s de la empresa sueca Saab. El ex mandatario fue imputado en este proceso en diciembre de 2016, después de que el juez considerar­a como procedente­s las acusacione­s de que Lula da Silva intervino en la elección del vencedor de la millonaria licitación en su condición de ex presidente y gracias a la influencia que tenía en el gobierno de su sucesora, Dilma Rousseff, destituida por el Senado .

Según el abogado del ex mandatario, el derecho de Lula de ir y venir está garantizad­o por la Constituci­ón, que tan solo prevé una restricció­n al mismo en “la hipótesis de decisión condenator­ia transitada en juzgado contra la que no haya lugar a más recursos”.

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