“SÍ SE PUEDEN QUEDAR” Ietam asegura que los presidentes podrán seguir en el cargo
Aunque la ley no los obliga a separarse del cargo, señalan que es necesario generar condiciones de equidad y evitar un posible uso indebido de recursos públicos
Alcaldes que buscan reelección en Tamaulipas, deben renunciar a su cargo actual para buscar nuevamente someterse a la voluntad popular, de lo contrario el proceso puede viciarse, consideran catedráticos de la Universidad Autónoma de Tamaulipas. Señalan que incluso los programas sociales deben suspenderse, pues éstos podrían ser utilizados para campañas, sin que nadie se de cuenta.
Salomón Elizalde Ceballos, catedrático de Historia del Derecho Mexicano y Filosofía del Derecho, indicó que por madurez política y democrática, lo más sano es que los presidentes municipales se separen de su cargo, de no ser así se pondrían en ventaja ante sus adversarios, además que a qué hora harían campaña, pues un funcionario público trabaja de lunes a sábado.
“No me suena lógico el hecho de que estén funcionando como alcaldes, lo más sano es que pidan licencia temporal, ya que no es sano que una persona tenga un pie en su función y otro en la campaña, se escucha como que hay mezquindad o que está jugando con el escudo del poder que ostenta, es decir se está aprovechando”, señaló.
Cuestionó el hecho de quedarse en el cargo, pues surge la duda sobre a qué hora le dedicará el tiempo al proselitismo o a qué hora va a estar en la función pública, “porque en términos convencionales se supone que ellos trabajan de lunes a sábado, por lo que le quedaría solamente sábado por la tarde y todo el domingo para realizar esa actividad de campaña”.
Enfatizó que ante las propias autoridades electorales e incluso ante la presencia de su propio partido no es ético y no es aceptable; por lo que lo más sano es que se retire para que en la contienda haya igualdad de circunstancias con sus otros contendientes.
Refiere que para que se lleve a cabo un ejercicio de credibilidad hacia la ciudadanía y que en ella no prevalezca la percepción de inequidad, el proceso debe estar estrictamente apegado a la legalidad que corresponda a las reglas ya aprobadas por el Congreso, pero también quienes vayan a contender lo hagan observando ese mínimo de ética que se menciona, lo que seguramente los votantes, valorarán, dijo.
De no ser así, expuso que el proceso se estaría desvirtuando o no correspondiendo al interés que se tuvo y también refiere que los programas sociales deben suspenderse, para empezar.
Agregó que la reelección le daría a la población la oportunidad de calificar como bueno o malo, en su caso, a un alcalde.
“Se tiene la oportunidad de calificar su buen o mal desempeño considerado por la ciudadanía, por lo que ya no votaría por esa persona que le genere una percepción de que hizo las cosas mal o con ventaja”.
Por su parte, el también catedrático de la materia de Derecho de la UAT, indicó que no puede ser posible que los alcaldes que quieran reelegirse hagan campaña al mismo tiempo en que ejercen un gobierno municipal. “No es posible hacer campaña política y ocupar un cargo a la vez, por eso toda persona que aspire a un puesto de elección popular debe separarse en un determinado tiempo, porque aunque digan que sí y que harán campaña después de su hora de trabajo no es posible, porque existe cierta influencia”, refirió el entrevistado.
Dijo que estando en el cargo, se pueden utilizar recursos públicos, como el teléfono, la papelería, los trabajadores, los automóviles y hasta la figura que se tiene, por esta razón enfatizó en que es necesario que se implementen reglas y que éstas se respeten.
Coincidió también en que lo más saludable es que los programas sociales se suspendan, porque de otra forma siempre habrá cierta suspicacia de que pueden desviarse los apoyos con otros fines que no sean el beneficio social.
De acuerdo con el Artículo 130 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, los integrantes de los Ayuntamientos, electos popularmente por elección directa, podrán ser reelectos para el periodo inmediato, por una sola ocasión. Los ciudadanos que por elección indirecta o por nombramiento o designación de alguna autoridad desempeñen las funciones propias de esos cargos, podrán ser electas para un periodo adicional, en los términos de este artículo.