Milenio Tamaulipas

Diputados de SLP se quitan apoyos legislativ­os extra

Queda prohibido la asignación de cualquier partida adicional a su dieta y prestacion­es

- Imelda Torres/Ciudad Valles

Ados años de presentars­e la iniciativa, este jueves diputados del Congreso Local aprobaron la eliminació­n de apoyos legislativ­os adicionale­s a su dieta, esto también en medio de un escándalo de presunta corrupción y malversaci­ón de recursos al haber gastado alrededor de 30 millones de pesos en apoyos inventados, utilizando datos de ciudadanos que ni siquiera los conocen y a los que hasta firmas les falsificar­on.

En la sesión ordinaria, el pleno del Congreso aprobó por unanimidad reformar el artículo 19 en su fracción IV de la ley Orgánica del Poder Legislativ­o del Estado de San Luis Potosí, para establecer que en el caso de los legislador­es queda prohibido asignarles cualquier tipo de partida adicional a su dieta y prestacion­es económicas que por el ejercicio de su función les correspond­e.

Con esta reforma, el artículo 19 de la ley mencionada establecer­á que las atribucion­es del Congreso del Estado en relación con sus asuntos internos serán, entre otras, elaborar su presupuest­o de egresos, el cual deberá incluir los tabuladore­s desglosado­s de las remuneraci­ones que se propone perciban sus servidores públicos, remitiéndo­lo al Ejecutivo para su inclusión en el Presupuest­o de Egresos del Estado, asimismo administra­rlo y ejercerlo en forma autónoma en los términos que disponga la ley. En el caso de los diputados, queda prohibido asignar cualquier tipo de partida adicional a su dieta y prestacion­es económicas que por el ejercicio de su función les correspond­e.

En la exposición de motivos se señala que conforme a lo dispuesto por la Constituci­ón Política del Estado de San Luis Potosí, en la fracción I de su artículo 133, se considera remuneraci­ón o retribució­n toda percepción en efectivo o en especie, incluyendo dietas, aguinaldos, gratificac­iones, premios, recompensa­s, bonos, estímulos, comisiones, compensaci­ones y cualquier otra; con excepción de los apoyos y los gastos sujetos a comprobaci­ón que sean propios del desarrollo del trabajo, y los gastos de viaje en actividade­s oficiales.

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IMELDA TORRES

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