Legislan para uso en SLP de biobolsas
Debido a que uno de los aspectos que generan contaminación en perjuicio del suelo, agua y aire es el uso excesivo y sin control de las bolsas de plástico no biodegradable, el diputado Eduardo Guillén Martell presentó una iniciativa que plantea reformar la fracción V en su inciso c) del artículo 104 de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí.
Con el objetivo de establecer la prohibición a los establecimientos comerciales y mercantiles de proporcionar a sus clientes bolsas de plástico gratuitas para el traslado de mercancías, procurando entregarles reusables o reciclables o en su caso venderles las primeras.
En la exposición de motivos de la iniciativa presentada se señala que el objetivo de esta propuesta es cambiar los hábitos en un mundo desechable, del úsese y tírese, por costumbres que nos ayuden a tener un planeta más sustentable y duradero.
Agrega que actualmente el inciso c) de la fracción V del artículo 104 de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí contempla que la SEGAM en coordinación con los ayuntamientos supervisarán,vigilaránysancionarán la entrega gratuita por parte de los establecimientos comerciales y mercantiles de bolsas de plástico para el trasladodemercancías,procurandola entrega de las reusables o reciclables.
El contenido normativo previsto en el inciso c) de la fracción V del artículo 104 de la Ley Ambiental del Estado es confuso y oscuro, que no permite entender con claridad y precisión si se prohíbe o no la entrega gratuitadebolsasdeplásticoporparte de los establecimientos comerciales y mercantiles para el traslado de mercancías.