Ley de remuneraciones no viola autonomía de poderes: expertos
Debate público. Destacan que el propio Ejecutivo se somete a la norma y que tenemos un modelo
ExpertosconstitucionalistascoincidieronenquelaLeydeRemuneraciones, promovida por Morena y congelada el viernes pasado por la Suprema Corte de Justicia, no viola la independencia de poderes porque no atenta contra su esfera competencial. Sin embargo, las opiniones se dividen respecto a si es inconstitucional o si fue un ex- ceso su suspensión.
Uriel Tufiño, abogado por la Universidad Anáhuac, señaló que “estánmalentendiendoeltemade laautonomía;unacosaesqueafecte sus funciones y otra que se les asigne un presupuesto. Los órganos de los poderes, como el Poder Judicial, no pueden determinar su propioingreso,tienenquesujetarse a un presupuesto nacional”.
Fernando Zárate, otro experto constitucionalista del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM), explicó que la suspensión por parte del ministro Alberto Pérez Dayán, a fin de “evitar que se cause un daño irreparable”, no atenta contra la independencia y autonomía de poderes.
“Desde un punto de vista estrictamentejurídico,unanormaesgeneral,abstracta,impersonalyobligatoria, y rige para todos los ciudadanos de la República porque establece un principio de igualdad y de equidad.
“No viola ningún principio de autonomía ni de independencia porque vale para todos los servidores públicos y dentro de esa categoría está el Poder Judicial, a menos que ellos piensen que no son servidores públicos”, indicó.
Sobre si esta ley permite que uno de los tres poderes se someta a otro, Zárate precisó que “el propio Ejecutivo se está sometiendo a ella. Lo que no se acaba de entender es que el modelo de gobierno de este país es presidencialista, ¿qué quiere decir eso?, que todos los procedimientos, procesos y el modelo político tiene como titular, como objeto y como fin que el presidente tome la decisiones de este país”.
El abogado Jorge Márquez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), coincide en que detrás de esta polémica se encuentran las interpretaciones que los políticos tienen del sistema político nacional. “López Obrador y Morena piensan que al ganar una elección con mayoría, en el Legislativo y algunas gubernaturas, el pueblo les ha dado el mandato de que haganloquequieran”.
La otra interpretación, detalló, “esqueelsistemapolíticodemocrático y plural tiene ciertas medidas precautorias para que no quede todo concentrado en un solo partido, porque es un sistema pensado para serpluralista,fueconcebidoasídesde el año 1997 para asegurarse que justamente no haya una mayoría aplastante,comolahabíaantes”.
En cuanto a si se debió suspender o no la legislación, Horacio Vives, especialista del ITAM, argumentó que Pérez Dayán se excedió ensuacción:
“Expresamente el artículo 64 de la Ley Reglamentaria de las Acciones de Inconstitucionalidad, en su últimopárrafo,dicequelaadmisión de una acción de inconstitucionalidadnodarálugaralasuspensiónde lanormacuestionada.
“Elministrorazonadiciendoque si bien no hay suspensión en materia de acciones de inconstitucionalidad,puesesválidoaplicarlosprincipiosdelacontroversia,¿entonces estamos en un estado de derecho o no lo estamos?, ¿hay certeza jurídica o no la hay?, ¿se respeta o no se respeta?”,expresó.