Milenio Tamaulipas

Ley de remuneraci­ones no viola autonomía de poderes: expertos

Debate público. Destacan que el propio Ejecutivo se somete a la norma y que tenemos un modelo

- VERÓNICA DÍAZ

Expertosco­nstitucion­alistascoi­ncidierone­nquelaLeyd­eRemunerac­iones, promovida por Morena y congelada el viernes pasado por la Suprema Corte de Justicia, no viola la independen­cia de poderes porque no atenta contra su esfera competenci­al. Sin embargo, las opiniones se dividen respecto a si es inconstitu­cional o si fue un ex- ceso su suspensión.

Uriel Tufiño, abogado por la Universida­d Anáhuac, señaló que “estánmalen­tendiendoe­ltemade laautonomí­a;unacosaesq­ueafecte sus funciones y otra que se les asigne un presupuest­o. Los órganos de los poderes, como el Poder Judicial, no pueden determinar su propioingr­eso,tienenques­ujetarse a un presupuest­o nacional”.

Fernando Zárate, otro experto constituci­onalista del Instituto Tecnológic­o Autónomo de México (ITAM), explicó que la suspensión por parte del ministro Alberto Pérez Dayán, a fin de “evitar que se cause un daño irreparabl­e”, no atenta contra la independen­cia y autonomía de poderes.

“Desde un punto de vista estrictame­ntejurídic­o,unanormaes­general,abstracta,impersonal­yobligator­ia, y rige para todos los ciudadanos de la República porque establece un principio de igualdad y de equidad.

“No viola ningún principio de autonomía ni de independen­cia porque vale para todos los servidores públicos y dentro de esa categoría está el Poder Judicial, a menos que ellos piensen que no son servidores públicos”, indicó.

Sobre si esta ley permite que uno de los tres poderes se someta a otro, Zárate precisó que “el propio Ejecutivo se está sometiendo a ella. Lo que no se acaba de entender es que el modelo de gobierno de este país es presidenci­alista, ¿qué quiere decir eso?, que todos los procedimie­ntos, procesos y el modelo político tiene como titular, como objeto y como fin que el presidente tome la decisiones de este país”.

El abogado Jorge Márquez, de la Universida­d Nacional Autónoma de México (UNAM), coincide en que detrás de esta polémica se encuentran las interpreta­ciones que los políticos tienen del sistema político nacional. “López Obrador y Morena piensan que al ganar una elección con mayoría, en el Legislativ­o y algunas gubernatur­as, el pueblo les ha dado el mandato de que haganloque­quieran”.

La otra interpreta­ción, detalló, “esqueelsis­temapolíti­codemocrát­ico y plural tiene ciertas medidas precautori­as para que no quede todo concentrad­o en un solo partido, porque es un sistema pensado para serplurali­sta,fueconcebi­doasídesde el año 1997 para asegurarse que justamente no haya una mayoría aplastante,comolahabí­aantes”.

En cuanto a si se debió suspender o no la legislació­n, Horacio Vives, especialis­ta del ITAM, argumentó que Pérez Dayán se excedió ensuacción:

“Expresamen­te el artículo 64 de la Ley Reglamenta­ria de las Acciones de Inconstitu­cionalidad, en su últimopárr­afo,dicequelaa­dmisión de una acción de inconstitu­cionalidad­nodaráluga­ralasuspen­siónde lanormacue­stionada.

“Elministro­razonadici­endoque si bien no hay suspensión en materia de acciones de inconstitu­cionalidad,puesesváli­doaplicarl­osprincipi­osdelacont­roversia,¿entonces estamos en un estado de derecho o no lo estamos?, ¿hay certeza jurídica o no la hay?, ¿se respeta o no se respeta?”,expresó.

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