La alineación salarial
Las secretarías de la Función Pública (SFP) y de Hacienda y Crédito Público (SHCP) enviaron el jueves pasado el oficio sobre remuneraciones en el sector público que garantiza que ningún servidor recibirá un salario mayor al del presidente Andrés Manuel López Obrador, que es de 155 mil 835.26 pesos mensuales. Todas las dependencias deberán alinear sus estructuras salariales al presupuesto aprobado.
El nuevo tabulador de sueldos y salarios es de “observancia obligatoria” a partir del primero de enero y queda sin efecto el anterior del 13 de junio de 2018. Ambas secretarías realizarán lo que sea necesario para que las dependencias y entidades puedan aplicar las disposiciones.
La SHCP será la encargada de cubrir “una compensación económica a los servidores públicos por la terminación de la relación laboral como consecuencia de reestructuraciones a la Administración Pública Federal, la desincorporación de entidades, la cancelación de plazas o la eliminación de unidades administrativas de las dependencias o entidades”.
Dentro del esquema de austeridad republicana se obliga a los Poderes Legislativo y Judicial y los entes autónomos, a publicar en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el último día de febrero, el “manual que regule las remuneraciones para los servidores públicos a su servicio, incluyendo a los Diputados y Senadores al Congreso de la Unión; Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; Magistrados y Jueces del Poder Judicial y Consejeros de la Judicatura Federal; presidentes y miembros de los órganos de gobierno de los entes autónomos y demás servidores públicos”. Se dará la información completa y detallada relativa a las remuneraciones de cada uno de los niveles jerárquicos que los conforman.
También deberán publicar la estructura ocupacional con la desagregación de su plantilla total junto con las del personal operativo, eventual y el contratado bajo el régimen de honorarios, en el que se identifiquen todos los conceptos de pago y aportaciones de seguridad social que se otorguen con base en disposiciones emitidas por sus órganos competentes, así como la totalidad de las plazas vacantes con que cuenten a dicha fecha.
De no hacerlo, advierte la SHCP, “no procederá el pago de estímulos, incentivos, reconocimientos o gastos equivalentes a los mismos”. La banca de desarrollo deberá deberán remitir a Hacienda, a más tardar el 31 de enero, los tabuladores y la estructura ocupacional para el registro correspondiente.
También hay que señalar que ningún servidor público podrá recibir emolumentos extraordinarios, sueldos, compensacio nes o gratificaciones por participar en consejos, órganos de gobierno o equivalentes en las dependencias y entidades o comités técnicos de fideicomisos públicos o análogos a éstos.