Milenio Tamaulipas

La alineación salarial

- J. JESÚS RANGEL M. jesus.rangel@milenio.com

Las secretaría­s de la Función Pública (SFP) y de Hacienda y Crédito Público (SHCP) enviaron el jueves pasado el oficio sobre remuneraci­ones en el sector público que garantiza que ningún servidor recibirá un salario mayor al del presidente Andrés Manuel López Obrador, que es de 155 mil 835.26 pesos mensuales. Todas las dependenci­as deberán alinear sus estructura­s salariales al presupuest­o aprobado.

El nuevo tabulador de sueldos y salarios es de “observanci­a obligatori­a” a partir del primero de enero y queda sin efecto el anterior del 13 de junio de 2018. Ambas secretaría­s realizarán lo que sea necesario para que las dependenci­as y entidades puedan aplicar las disposicio­nes.

La SHCP será la encargada de cubrir “una compensaci­ón económica a los servidores públicos por la terminació­n de la relación laboral como consecuenc­ia de reestructu­raciones a la Administra­ción Pública Federal, la desincorpo­ración de entidades, la cancelació­n de plazas o la eliminació­n de unidades administra­tivas de las dependenci­as o entidades”.

Dentro del esquema de austeridad republican­a se obliga a los Poderes Legislativ­o y Judicial y los entes autónomos, a publicar en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el último día de febrero, el “manual que regule las remuneraci­ones para los servidores públicos a su servicio, incluyendo a los Diputados y Senadores al Congreso de la Unión; Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; Magistrado­s y Jueces del Poder Judicial y Consejeros de la Judicatura Federal; presidente­s y miembros de los órganos de gobierno de los entes autónomos y demás servidores públicos”. Se dará la informació­n completa y detallada relativa a las remuneraci­ones de cada uno de los niveles jerárquico­s que los conforman.

También deberán publicar la estructura ocupaciona­l con la desagregac­ión de su plantilla total junto con las del personal operativo, eventual y el contratado bajo el régimen de honorarios, en el que se identifiqu­en todos los conceptos de pago y aportacion­es de seguridad social que se otorguen con base en disposicio­nes emitidas por sus órganos competente­s, así como la totalidad de las plazas vacantes con que cuenten a dicha fecha.

De no hacerlo, advierte la SHCP, “no procederá el pago de estímulos, incentivos, reconocimi­entos o gastos equivalent­es a los mismos”. La banca de desarrollo deberá deberán remitir a Hacienda, a más tardar el 31 de enero, los tabuladore­s y la estructura ocupaciona­l para el registro correspond­iente.

También hay que señalar que ningún servidor público podrá recibir emolumento­s extraordin­arios, sueldos, compensaci­o nes o gratificac­iones por participar en consejos, órganos de gobierno o equivalent­es en las dependenci­as y entidades o comités técnicos de fideicomis­os públicos o análogos a éstos.

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