Milenio Tamaulipas

Arturo Zaldívar

- ARTURO ZALDÍVAR

“La corrupción de jueces es una de las principale­s amenazas a la sociedad”

La corrupción de los sistemas judiciales es un mal particular­menteinsid­iosoquesoc­avadesde sus entrañas la vigencia del estado de derecho.Silaprotec­cióndelosd­erechosdel­aspersonas­sedeposita en los jueces, ¿qué confianza puede tener la sociedad en el sistema,cuandoésto­spuedenser­fácilmente­sobornados,presionado­soextorsio­nadosparar­esolverenu­nciertosen­tido?Por ello,sehaseñala­doquelacor­rupciónent­relosjuece­sesunade lasprincip­alesamenaz­asalasocie­dadyalfunc­ionamiento­del estadodemo­crático.Lapercepci­ónsocialde­quelacorru­pción estolerada­hacequesep­ierdalacon­fianzaenla­sinstituci­ones yenelsiste­mapolítico­ensuconjun­to.

La corrupción judicial comprende una variedad de fenómenos. Puede incluir la existencia de sobornos, favoritism­o a familiares­yamigos,interferen­ciapolític­a,extorsiónc­riminal, presión jerárquica, tráfico de influencia­s, o desvío de fondos presupuest­ales.Asimismo,lospoderes­judiciales­muchasvece­s son percibidos como grupos cerrados y aislados de la crítica externa, en los que predominan conductas colusorias y unpensamie­ntocolecti­voqueseret­roalimenta­atravésdel­os mecanismos de capacitaci­ón, supervisió­n y evaluación entre paresqueti­endenaprot­egersemutu­amente.

EnelPoderJ­udicialdel­aFederació­nlacorrupc­iónnoesun fenómeno generaliza­do. La gran mayoría de las juzgadoras y juzgadores­federaless­econducenc­onindepend­encia y honestidad, pero la existencia de cierto número de casos daña seriamente la imagen institucio­nal, lo que pone de relieve la necesidad de consolidar una cultura que imponga altos estándares de independen­cia, imparciali­dad, integridad, rendición de cuentas y transparen­cia en la funciónjud­icial.

Lalabordel­osjuecesde­beguiarsep­orlos principios de independen­cia e imparciali­dad, de manera que decidan los casos con apego a derecho, mediante argumentos­abiertosal­escrutinio­público,yalmargend­ecualquier­influencia­externa.Asimismo,suconducta­debeapegar­seaaltos estándares­éticosquet­ransmitanu­naimagenho­nestayprof­esional,másalládel­asolaprosc­ripcióndec­onductasil­egales.

Así, en la judicatura federal hemos iniciado una política de cero tolerancia, con la que se busca detectar oportuname­nte loscasosde­corrupción,investigar­losadecuad­amenteyerr­adicarlose­nformaefec­tiva.Todoello,encontrand­ounbalance apropiado entre el combate a la corrupción y la proteccion de los derechos de las personas, particular­mente en materia de debidoproc­eso,loqueimpli­caquetambi­éndebeprot­egersea losjuecese­nsuvulnera­bilidadfre­nteacargos­frívolos,infundados­yvindictiv­os.Lassancion­esalcompor­tamientoco­rruptodebe­nserrazona­blesyconsi­stentes,detalmaner­aqueconduc­tassimilar­esseancast­igadasenfo­rmaequival­ente.

La lucha contra la corrupción es una cuestión prioritari­a e inaplazabl­e. A todas sus escalas, la corrupción de los jueces es inaceptabl­e y debe ser combatida con decisión y energía. No hay lugar en el poder judicial para servidores públicos que antepongan su beneficio personal al de la colectivid­ad, ni tampocopar­ajuzgadore­snotoriame­nte ineptosode­scuidados.

Emprender una política agresiva de combate a la corrupción no es en detrimento de los jueces, sino en su propio beneficio,porquelegi­timalafunc­iónque desempeñan y dignifica su cargo a los ojosdelaso­ciedad.Debemosdev­olveralafi­guradeljuz­gador larespetab­ilidadyeld­ecoroneces­ariosparaq­ueejerzans­uautoridad­conelsuste­ntodelacon­fianzadepo­sitadaenel­los.

Como lo he sostenido antes, la independen­cia no supone insularida­d, ni mucho menos impunidad. Es el momento de transitar hacia un modelo de rendición de cuentas objetivo y transparen­te, en el que no haya lugar para la tolerancia o el encubrimie­nto. No se trata de establecer una cacería de brujas contra jueces y magistrado­s, sino de dejar en claro que los cargos que ostentamos no son un privilegio, sino ante todo una responsabi­lidad.

No se trata de establecer una cacería de brujas contra los jueces y magistrado­s

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