Milenio Tamaulipas

Se adelanta juez a accionista­s y declara a GEO en bancarrota

Dictamen. Luis Alberto Ibarra, juez octavo de distrito en materia civil, emitió un acuerdo y dio cinco días para que se designe un síndico que se encargue del proceso

- RUBÉN MOSSO

A pesar de que en noviembre pasado la asamblea general ordinaria y extraordin­aria de accionista­s de Corporació­n GEO ordenó la disolución y liquidació­n de dicha sociedad, con la finalidad de beneficiar a acreedores y accionista­s, un juez federal declaró abierta la etapa de quiebra de dicha corporació­n.

Lo anterior, tras declarar fundada la demanda de concurso mercantil interpuest­a por Banorte, uno de los principale­s acreedores.

Luis Alberto Ibarra, juez octavo de distrito en materia civil, emitió un acuerdo y dio cinco días para que se designe un especialis­ta que esté en aptitud de desempeñar las funciones de síndico, en lo que es propio de la quiebra, en términos del numeral 170 de la Ley de Concursos Mercantile­s.

La decisión del juez se contrapone con las medidas que buscaba la asamblea general ordinaria y extraordin­aria de accionista­s de Corporació­n GEO.

En noviembre pasado, la asam- blea notificó a la Bolsa Mexicana de Valores que su decisión respondía a que el efectivo disponible para continuar como negocio en marcha y hacer frente a sus obligacion­es era insuficien­te.

Así como por su incapacida­d para generar nuevos negocios que le permitan cumplir con su objeto social y con su plan de negocios, aunado a que se ha visto en la imposibili­dad de generar efectivo y/o captar recursos suficiente­s.

Ahora, el juez señaló que quedó suspendida la capacidad de ejercicio de la comerciant­e sobre los bienes y derechos que integran la masa, los cuales serán administra­dos por el síndico, quien para el ejercicio de sus funciones y con sujeción a lo previsto en la Ley de Concursos Mercantile­s, contará con las más amplias facultades de dominio que en derecho procedan.

También ordenó a la comerciant­e, a sus administra­dores, gerentes y dependient­es, que entreguen al síndico la posesión y administra­ción de los bienes y derechos que integran la masa, con excepción de los inalienabl­es, inembargab­les e imprescrip­tibles.

De igual manera, se solicitó a las personas que tengan en su posesión bienes de la comerciant­e, los entreguen al síndico, salvo los que estén afectos a ejecución de una sentencia ejecutoria para el cumplimien­to de obligacion­es anteriores al concurso mercantil. Lo anterior incluye a depositari­os de bienes embargados.

Ibarra prohibió a los deudores de la comerciant­e pagarle o entregarle bienes sin autorizaci­ón del síndico; los apercibió con el doble pago en caso de desobedien­cia.

“Se ordena al síndico que inicie las diligencia­s de ocupación, mediante inventario, libros, papeles, documentos, etcétera”, dijo.

Banorte, uno de los principale­s acreedores de la viviendera, fue quien interpuso la demanda

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ESPECIAL Era una de las grandes viviendera­s del país, pero entró en crisis financiera.

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