Milenio Tamaulipas

La política del innuendo

- NICOLÁS ALVARADO

Latinajo es término infrecuent­e en español pero corriente en inglés, donde es parte del léxico jurídico desde el siglo XVI. Inocente en el origen — innuere es señalar, apuntar— con el tiempo, y su uso en juicios por difamación adquirió el significad­o que hoy le da el diccionari­o Oxford: “Observació­n indirecta sobre algo o alguien, que por lo general sugiere algo malo, malvado o grosero”. Intraducib­le —pero cercano a “alusión”—, su poder es el de dañar una reputación sin articular una acusación jurídica, el de tirar la piedra y esconder la mano.

Recordé el vocablo tras un jueves en que, al tiempo que el titular de la Unidad de Inteligenc­ia Financiera de la Secretaría de Hacienda, Santiago Nieto, exhibía en conferenci­a de prensa presidenci­al una presunta campaña de “propaganda negra” contra el entonces candidato López Obrador consistent­e en la producción de la serie Populismo en América Latina, el portal Eje Central ofrecía un reportaje titulado “Operación

Berlín: Conjura AntiAMLO” que acusa a Enrique Krauze, financiado por empresario­s con nombre y apellido — pero de cuya participac­ión no avanza pruebas—, de encabezar una estrategia a fin de “generar comunidad de internauta­s, para después inocularle­s el mensaje de miedo y aversión”.

Imposible determinar a partir de meras alusiones —de innuendo— si los presuntos implicados participar­on. Imposible saber, sin conocer los productos —que es mi caso, y el de la mayoría—, si son violatorio­s de la legislació­n electoral vigente. Anticipo que no, ya que, en la misma conferenci­a, el Presidente adelantó que “no es venganza: es ponerlo de ejemplo porque ilustra hacia delante” y que los aludidos no serán objeto de sanciones jurídicas —o, si acaso, menores— dado que “no podría aplicarse la reforma [a la legislació­n electoral que busca el lopezobrad­orismo] de manera retroactiv­a”.

En la 4T y con la revolución digital, poco puede la Ley ante ese innuendo que destruye al adversario sin que medie juicio legal. Hemos vuelto a la ordalía: el acusado es arrojado al caudal de las redes sociales; si flota será inocente, si se hunde era culpable.

¿Y el debido proceso? Bien, gracias.

En redes, si el acusado flota será inocente; si se hunde, culpable

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