5. RICARDO BUCIO
El marco legal a favor de la infancia tiene el reto de llegar a la vida cotidiana de ese grupo de población, sobre todo de quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad.
Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes
La agenda legislativa en favor de las niñas, niños y adolescentes ha tenido avances sin precedentes en los últimos dos años. A partir de la aprobación de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA), se han sumado armonizaciones legales en el país, empezando por las 32 leyes locales de protección a la niñez, la cual se logró en menos de un año, así como la aprobación de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.
Este robusto y ambicioso marco legal a favor de la infancia tiene el enorme reto de que cada uno de sus apartados llegue a la vida cotidiana de este grupo de población, principalmente de aquellas y aquellos quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad. A pesar de los importantes avances, las niñas en México viven situaciones de desigualdad y violencia, muchas de las cuales se encuentran normalizadas desde las propias leyes.
Con esta preocupación, la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA), presentó ante diversos representantes del Congreso de la Unión así como de la Conferencia Permanente de Congresos Locales (Copecol), una agenda de trabajo de cuáles deben ser las prioridades legislativas en materia de niñez y adolescencia, entre las que se encuentran los siguientes puntos en favor de las niñas y las adolescentes: 1. Armonización para establecer los 18 años como edad mínima para el matrimonio, la cual ya realizaron 26 entidades, pero falta armonizar el Código Civil Federal y seis entidades más. El matrimonio infantil es una forma de violencia que afecta el desarrollo personal y profesional de las mujeres desde la infancia, además de que posibilita la transmisión intergeneracional de la pobreza y las violencias, afectando a las mujeres en una proporción de 30 a 1 en niñas de 10 a 14 y de 6 a 1 en adolescentes de 15 a 17, lo cual lo convierte en un tema eminentemente de género. 2. Revisión del delito de estupro, el cual representa en varias entidades una clara violación a los derechos y a la dignidad de las niñas y adolescentes, pues hay leyes que otorgan excluyente de responsabilidad al adulto que contraiga matrimonio con la víctima adolescente, o que deja al criterio subjetivo de la autoridad judicial la configuración del delito siempre que la niña o adolescente viva “casta y honesta”. 3. Interrupción legal del embarazo en caso de violación, pues aunque las 32 entidades contemplan la hipótesis de embarazo producto de una violación como excluyente de responsabilidad penal del aborto, en 10 estados lo asumen siempre y cuando se compruebe el hecho; 20 no cuentan con leyes reglamentarias para su aplicación, una entidad solicita examen médico y una prevé la autorización de la madre o del padre en personas menores de 12 años, lo cual, sin duda, revictimiza a las niñas y adolescentes.
Por supuesto, cuando estas agravantes recaen en niñas y adolescentes indígenas, con discapacidad, afrodescendientes o migrantes y solicitantes de refugio, generalmente sufren una doble vulneración a sus derechos, por lo que el trabajo legislativo en todos los niveles es piedra angular para empezar el camino de la desnormalización de estas condiciones.
Para ello debemos cuidar que el avance de la legislación de género no se haga con visión adultocéntrica, solo para las mujeres mayores de edad; es urgente visibilizar a niñas y adolescentes y sus propias situaciones. No las proyectemos como el “futuro -impreciso- de México”. Todas las niñas viven ya su vida en este presente y sus derechos deben ser garantizados aquí y ahora.
Todas las niñas viven ya su vida en este presente y sus derechos deben ser garantizados aquí y ahora