DISCAPACIDAD Y ACCESO A LA TIERRA
El papel de las mujeres indígenas y rurales ante la CEDAW.
Si los gritos de indignación por parte de las personas con discapacidad se juntaran, la melodía sería una ópera de la denuncia. Pienso en una melodía para imaginarme que un día, la condición que viven las personas con discapacidad pueda ser escrita con tintas inspiradas desde lo más subjetivo posible que esta población vive. Sin embargo, lo que tenemos de frente es una sociedad que, de vez en cuando, recuerda su responsabilidad para con las personas con discapacidad; recuerdo que es traído al presente por activistas de los derechos humanos de las personas con discapacidad, como sucedió en el 70 periodo de sesiones del Comité de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) realizado en Ginebra, Suiza. En esta ocasión, se visibilizó una demanda muy concreta: las mujeres indígenas y rurales con discapacidad y el acceso a la tierra, como parte de un informe más amplio.
Entre otras cosas, lo que se denuncia en este informe son las condiciones de vida que llevan las mujeres indígenas y rurales con discapacidad y su experiencia de inaccesibilidad a la tierra; lo que resume la denuncia es que, frecuentemente, no se reconoce la capacidad jurídica de las personas con discapacidad para la adquisición de un bien; más grave aún, cuando a una persona con discapacidad ni siquiera se le considera como una persona sujeta de derechos para adquirir un bien primordial sobre el cual se tejen las identidades culturales y de recursos materiales.
Lo que interesa aquí, es señalar cuáles son las implicaciones para una persona con discapacidad el contar o no con un recurso mínimo del cual pudiera obtener sus principales recursos básicos de alimentación, y en ese sentido habríamos de plantearnos varias preguntas: ¿qué tanto las políticas estatales encaminadas para garantizar los Derechos Humanos de las personas con discapacidad buscan tener un abordaje focalizado, diferenciado y culturalmente pertinente? ¿Cuáles son las acciones impulsadas por el Estado para poner en debate público la situación y condición de las personas indígenas con discapacidad? ¿Qué tanto se escucha la demanda de las personas indígenas con discapacidad al interior de sus comunidades y fuera de ellas?
Estas preguntas las pongo para poder imaginarnos el contexto de la construcción de las políticas de atención, que debieran de ser garantes de los derechos humanos de las personas indígenas y rurales con discapacidad.
Imaginémonos que las acciones se limitaran a la difusión de un cartel en los pasillos de los edificios de los municipios con población indígena, donde se anuncie la posibilidad de ser beneficiaria de unos lentes o procesos quirúrgicos de intervención ocular (lo cual está muy bien) o la posibilidad de contar con unos aparatos para la sordera, o en su caso, ser beneficiaria de una silla de ruedas (útil en una comunidad de la sierra para recorrer la cocina).
Supongamos que para garantizar que las personas indígenas puedan tener acceso a la información, las autoridades locales hacen todo lo posible: anuncian estos beneficios por aparatos de sonido en una de las 68 lenguas mexicanas; otros más toman la decisión de recorrer las casas donde posiblemente necesiten este tipo de ayuda; otros con medios más modernos, anuncian el apoyo mediante sus radios comunitarias; en fin, podemos pensar en una parafernalia que tenga entre sus metas asegurar la cobertura de estos beneficios.
Pensemos de nuevo en lo descrito anteriormente: se informa a una población necesitada, algunos familiares se acercan para informarse de manera más detallada, otros más ya saben que ello implica traslados hacia la ciudad capital, su recurso económico no da para pagar el pasaje y la alimentación de dos personas; alguna que otra familia decide aventurarse para ser beneficiada, otras definitivamente le temen al maltrato y la imposibilidad de comunicarse en español y deciden no acudir. Al final, pocas familias son las beneficiadas: una que otra consigue un aparato para la sordera, a una más le operaron sus ojos; las sillas de ruedas fueron enviadas para dos beneficiarias, y así una lista de acciones.
Pero, ¿cómo se configura una atención integral en el marco de estas acciones? ¿Cómo es que se evalúan los cambios en la calidad de vida de la persona beneficiada?
Muchos son los caminos que quedan por recorrer; entre otras cosas, se necesita urgentemente revisar de qué manera, cómo y dónde obtienen las mujeres indígenas con discapacidad sus recursos de subsistencia, o en su caso saber cómo la obligación estatal está garantizando que una persona pueda tener una vida digna en condiciones de pobreza extrema, al mismo tiempo, preguntarnos cómo esas acciones están garantizando la participación plena de las personas al interior de sus comunidades. Al final de cuentas, de lo que hablamos aquí es que no existe información interinstitucional fidedigna que pueda ir marcando las pautas de intervención con una perspectiva de derechos humanos, género y de pertinencia cultural.
Se necesita urgentemente revisar de qué manera, cómo y dónde obtienen las mujeres indígenas con discapacidad sus recursos de subsistencia