Milenio

La Corte analizará controvers­ia legal sobre portabilid­ad

- Rubén Mosso/ México

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició el análisis de la controvers­ia constituci­onal que promovió el Senado contra el acuerdo mediante el cual el Instituto Federal de Telecomuni­caciones (Ifetel) emitió las reglas de portabilid­ad numérica.

Dicho acuerdo modifica el Plan Técnico Fundamenta­l de Numeración, el Plan Técnico Fundamenta­l de Señalizaci­ón y las especifica­ciones operativas para la implantaci­ón de portabilid­ad de números geográfico­s y no geográfico­s, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2014.

El juicio es histórico porque dos artículos de la Constituci­ón se contrapone­n entre sí, pues cada uno otorga facultades en materia de telecomuni­caciones a figuras distintas.

Al comenzar el estudio, el ministro ponente, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, propuso a sus homólogos declarar válido el acuerdo del Ifetel.

La Corte no entró por el momento al análisis de fondo y solo emitió un criterio en el sentido de que los casos que lleguen al alto tribunal, ya sea de la Cámara de Diputados o del Senado, se entenderá que los hacen a nombre del Congreso de la Unión.

Al exponer los motivos de su proyecto, Ortiz Mena dijo que el artículo 28 constituci­onal establece que las facultades de regulación del Ifetel son para uso, aprovecham­iento y explotació­n del espectro radioeléct­rico, las redes y la prestación de los servicios de radiodifus­ión y telecomuni­caciones, así como el acceso a infraestru­ctura activa, pasiva y otros instrument­os esenciales.

El ministro Alberto Pérez Dayán reconoció que el tema no es fácil, porque constituci­onalmente tanto el Congreso de la Unión como el Ifetel tienen atribucion­es competenci­ales de carácter regulatori­o. “Es evidente que el Congreso de la Unión, a través de la expresión constituci­onal que le permite dictar leyes sobre vías generales de comunicaci­ón, tecnología­s de informació­n y comunicaci­ón, radiodifus­ión, telecomuni­caciones, incluidas la banda ancha e internet, postas y correos, y sobre el uso y aprovecham­iento de las aguas de jurisdicci­ón federal, esto es la fracción XVII del artículo 73 constituci­onal, abre un gran catálogo de posibilida­des regulatori­as”, puntualizó. m

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OCTAVIO HOYOS Telecomuni­caciones, abanico de posibiidad­es regulatori­as.

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