No hubo pérdidas en Pemex
Al parecer no hay contadores públicos que valgan en el sector energético mexicano. Los altísimos funcionarios lamentan las pérdidas de Pemex en 2015 de unos 522 mil millones de pesos. Los medios hablan de losses a pesar de que estos números rojos no son comparables con los de una empresa con acciones en la bolsa.
Todos saben que un saldo negativo en Pemex obedece a las transferencias bancarias que hace a la Secretaría de Hacienda. Pero hay un detalle: no deben etiquetarse como impuestos. ¿Por qué? Un impuesto es un gravamen a un miembro de una clase de contribuyentes. Si no hay una clase a la que el contribuyente pertenezca, sus pagos al gobierno pueden ser multas, donativos o por un servicio. Siendo que el marco tributario que se aplica a Pemex es único, las transferencias por este conducto no pueden ser clasificadas como impuestos.
En diversos medios se tratan como impuestos para proyectar una imagen de una empresa petrolera que admite comparación con las petroleras en otras latitudes, empezando por Exxon. Es más, así se presenta a los mercados de capitales: como una empresa que puede asumir deuda masiva con un aval soberano de tipo no escrito.
De esta manera, Pemex llegó a ser el cliente más importante del Exim Bank de Estados Unidos (www.exim.gov). Un micro sitio de Pemex,www.pemex.com/ri, ostenta la vocación de atender a las “relaciones con inversionistas,” pero en realidad estas son inversiones con acreedores y especuladores. Faltaría otro micro sitio como www.rp.pemex.com, que sería dedicado a relaciones con proveedores, a quienes les debe Pemex unos 147 mil millones de pesos, un monto que la empresa ahora no tiene, siendo que ya se lo había transferido a Hacienda.
Entonces, no hay motivo por llorar por Pemex (pero sí por sus proveedores). Solo cuando se presenten seis condiciones va a ser coherente hablar de pérdidas y ganancias en Pemex:
1) Cuando se hayan reacomodado unos 30 mil empleados, sea por recortes, como en la unidad de vigilancia, traspaso de activos, como el servicio médico a IMSS o por jubilación anticipada; 2) Cuando el Consejo de Administración sea el responsable de destituir al director general; 3) Cuando el Consejo de Administración no incluya a los titulares de Energía y Hacienda; 4) Cuando haya un cuerpo de ejecutivos profesionales sin padrinos sexenales; 5) Cuando el marco jurídico permita a Pemex asentar en sus libros el volumen y el valor de mercado de sus reservas; y 6) Cuando la estructura corporativa sea de un Pemex2.0 (ver la columna anterior de 7-4-15) en que sí hay inversionistas sin comillas. m