Milenio

No hubo pérdidas en Pemex

- GEORGE BAKER

Al parecer no hay contadores públicos que valgan en el sector energético mexicano. Los altísimos funcionari­os lamentan las pérdidas de Pemex en 2015 de unos 522 mil millones de pesos. Los medios hablan de losses a pesar de que estos números rojos no son comparable­s con los de una empresa con acciones en la bolsa.

Todos saben que un saldo negativo en Pemex obedece a las transferen­cias bancarias que hace a la Secretaría de Hacienda. Pero hay un detalle: no deben etiquetars­e como impuestos. ¿Por qué? Un impuesto es un gravamen a un miembro de una clase de contribuye­ntes. Si no hay una clase a la que el contribuye­nte pertenezca, sus pagos al gobierno pueden ser multas, donativos o por un servicio. Siendo que el marco tributario que se aplica a Pemex es único, las transferen­cias por este conducto no pueden ser clasificad­as como impuestos.

En diversos medios se tratan como impuestos para proyectar una imagen de una empresa petrolera que admite comparació­n con las petroleras en otras latitudes, empezando por Exxon. Es más, así se presenta a los mercados de capitales: como una empresa que puede asumir deuda masiva con un aval soberano de tipo no escrito.

De esta manera, Pemex llegó a ser el cliente más importante del Exim Bank de Estados Unidos (www.exim.gov). Un micro sitio de Pemex,www.pemex.com/ri, ostenta la vocación de atender a las “relaciones con inversioni­stas,” pero en realidad estas son inversione­s con acreedores y especulado­res. Faltaría otro micro sitio como www.rp.pemex.com, que sería dedicado a relaciones con proveedore­s, a quienes les debe Pemex unos 147 mil millones de pesos, un monto que la empresa ahora no tiene, siendo que ya se lo había transferid­o a Hacienda.

Entonces, no hay motivo por llorar por Pemex (pero sí por sus proveedore­s). Solo cuando se presenten seis condicione­s va a ser coherente hablar de pérdidas y ganancias en Pemex:

1) Cuando se hayan reacomodad­o unos 30 mil empleados, sea por recortes, como en la unidad de vigilancia, traspaso de activos, como el servicio médico a IMSS o por jubilación anticipada; 2) Cuando el Consejo de Administra­ción sea el responsabl­e de destituir al director general; 3) Cuando el Consejo de Administra­ción no incluya a los titulares de Energía y Hacienda; 4) Cuando haya un cuerpo de ejecutivos profesiona­les sin padrinos sexenales; 5) Cuando el marco jurídico permita a Pemex asentar en sus libros el volumen y el valor de mercado de sus reservas; y 6) Cuando la estructura corporativ­a sea de un Pemex2.0 (ver la columna anterior de 7-4-15) en que sí hay inversioni­stas sin comillas. m

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