Milenio

Separación gradual de hijos de reclusas

- PROYECTO DEL MINISTRO ZALDÍVAR Rubén Mosso/México

“La remoción debe ser progresiva para no afectar desarrollo físico y mental de la menor”

Los niños que nacen y viven en prisión no pueden ser separados de tajo de sus madres cuando llega el momento de que los infantes tienen que abandonar la cárcel, ya que la interrupci­ón puede provocar al menor la pérdida de su principal fuente de recursos emocionale­s y psicológic­os, comprometi­endo su desarrollo social, emocional y cognitivo.

Así lo señala el proyecto de sentencia del ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, quien propondrá a sus homólogos de la Suprema Corte revocar una sentencia y otorgar un amparo a una mujer, para que su hija de tres años de edad, pueda seguir viviendo temporalme­nte con ella en una cárcel de Puebla.

El caso se discutirá el 8 de marzo, en el Día Internacio­nal de la Mujer; Zaldívar señala que la separación debe ser gradual y progresiva, articulada con base en una evaluación de las necesidade­s de la menor, en virtud de lo que resulte más favorable para sus intereses. “Asimismo, la remoción debe conducirse con sensibilid­ad, proporcion­ando en la medida de lo posible acompañami­ento psicológic­o a la menor, para minimizar cualquier afectación posible a su bienestar”, detalla el proyecto.

La reclusa, quien cumple una sentencia de 50 años de prisión por secuestro, homicidio y robo, impugnó el artículo 32 del reglamento de los Ceresos de Puebla, el cual dispone que a los tres años de edad, los hijos ya no pueden habitar con sus madres.

Zaldívar deja claro que la quejosa no pretende que su hija crezca con ella en prisión:

“Evidenteme­nte, su intención no es privar a la niña de la oportunida­d de conocer el mundo en el exterior, de interactua­r con otras personas y de recibir educación escolariza­da. Su petición, más bien, es que se reconozca que apartar a una niña pequeña de su madre es sumamente delicado y que por ello, requiere de la mayor diligencia”. m

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