Milenio

Rechaza SCJN uso de la fuerza como primera opción

La norma, iniciativa del gobernador Eruviel Ávila, fue avalada hace un año en el Edomex

- INVALIDA EL ARTÍCULO 40 DE Rubén Mosso/México

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitu­cional que los cuerpos policiacos del Estado de México hagan uso de la fuerza pública “como primera opción” ante cualquier eventualid­ad que se presente en su territorio, ya que solo deben hacerlo como último recurso.

Por unanimidad, el pleno de la Corte invalidó el artículo 40 de la Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública en el Estado de México, denominada ley Atenco, convirtién­dose en la primera resolución donde se emite un parámetro sobre el tema.

El fallo derivó porque la Comisión Nacional de Derechos Humanos presentó una acción de inconstitu­cionalidad, en la que impugnó el mencionado precepto, argumentan­do que transgrede los principios de necesidad absoluta y de última razón del empleo gradual de la fuerza, así como respeto a los derechos humanos en la seguridad pública.

El organismo alertó que ese artículo facultaba a los cuerpos policiacos la utilizació­n de todos los grados de la fuerza de una manera indiscrimi­nada, incluyendo el de armas de fuego, cuando la autoridad así lo estime necesario.

La ley fue iniciativa del gobernador mexiquense Eruviel Ávila y fue enviada en diciembre de 2015 al Congreso local, donde se aprobó el 17 de marzo de 2016, fecha en que también fue promulgada, y un día después publicada en su periódico oficial.

Hasta el momento, éste es el

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