Rechaza SCJN uso de la fuerza como primera opción
La norma, iniciativa del gobernador Eruviel Ávila, fue avalada hace un año en el Edomex
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional que los cuerpos policiacos del Estado de México hagan uso de la fuerza pública “como primera opción” ante cualquier eventualidad que se presente en su territorio, ya que solo deben hacerlo como último recurso.
Por unanimidad, el pleno de la Corte invalidó el artículo 40 de la Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública en el Estado de México, denominada ley Atenco, convirtiéndose en la primera resolución donde se emite un parámetro sobre el tema.
El fallo derivó porque la Comisión Nacional de Derechos Humanos presentó una acción de inconstitucionalidad, en la que impugnó el mencionado precepto, argumentando que transgrede los principios de necesidad absoluta y de última razón del empleo gradual de la fuerza, así como respeto a los derechos humanos en la seguridad pública.
El organismo alertó que ese artículo facultaba a los cuerpos policiacos la utilización de todos los grados de la fuerza de una manera indiscriminada, incluyendo el de armas de fuego, cuando la autoridad así lo estime necesario.
La ley fue iniciativa del gobernador mexiquense Eruviel Ávila y fue enviada en diciembre de 2015 al Congreso local, donde se aprobó el 17 de marzo de 2016, fecha en que también fue promulgada, y un día después publicada en su periódico oficial.
Hasta el momento, éste es el