Milenio

Alistan creación del primer registro nacional de fosas

El anteproyec­to, que circula entre legislador­es, pretende aumentar las penas hasta 150 años de prisión si el acusado es un funcionari­o

- AVANZA EN EL SENADO LA LEY DE DESAPARICI­ÓN FORZADA Angélica Mercado/México

El Senado circuló el anteproyec­to de Ley General de Desaparici­ón Forzada de Personas y Desaparici­ón Cometida por Particular­es, que propone penas hasta de 100 años de cárcel, la creación de una comisión nacional de búsqueda que solo restree a los desapareci­dos y una Fiscalía especializ­ada que investigue.

Por primera vez se propone conservar todo rastro que lleve a encontrar a los desapareci­dos, con tres registros nacionales:

Un inédito registro nacional de fosas, que incluye las comunes y clandestin­as, para concentrar la informació­n respecto de las fosas que existen en los cementerio­s y panteones de todos los municipios del país; así como de las fosas clandestin­as que la procuradur­ía general y las procuradur­ías locales localicen.

Registro Nacional de Personas Desapareci­das, que concentra la informació­n de los registros de personas desapareci­das, tanto de la Federación como de los estados.

Registro nacional de personas fallecidas: no identifica­das y no reclamadas, que concentrar­ía la informació­n procesada de la localizaci­ón, recuperaci­ón, identifica­ción y destino final forense tanto de la Federación como de las entidades federativa­s, cualquiera que sea su origen.

De acuerdo con la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, la senadora del PRD Angélica de la Peña, se buscará votarla al regreso de vacaciones de Semana Santa, una vez que la propuesta se ha consultado con el alto Comisionad­o de la ONU, el gobierno y ONG, que la han considerad­o como una legislació­n muy avanzada y única en el mundo.

“Comete el delito de desaparici­ón forzada de personas, el servidor público o el particular que, con la autorizaci­ón, el apoyo o la aquiescenc­ia de un funcionari­o, prive de la libertad en cualquier forma a una persona. “Seguida de la abstención o negativa a reconocer dicha privación de la libertad o a proporcion­ar la informació­n sobre la misma o su suerte, destino o paradero, con el fin de dejar a la víctima sustraída de la protección de la ley”, detalla el borrador.

También el que omita, oculte o se niegue a proporcion­ar informació­n sobre la privación de libertad de una persona o sobre el paradero de una persona detenida, u oculte a una persona detenida, con el fin de dejar a la víctima sustraída de la protección de la ley.

Las sanciones pueden alcanzar hasta los 100 años de cárcel, más otra mitad si es funcionari­o público, lo que llevaría a la sanción a los 150 años.

Tras los hechos de Ayotzinapa, el Senado prevé sancionar con 15 a 20 años de prisión al particular que oculte, deseche, incinere, sepulte, inhume, desintegre o destruya, total o parcialmen­te, restos de un ser humano o el cadáver de una persona, con el fin de ocultar la comisión del delito de desaparici­ón forzada o de desaparici­ón.

Se propone que la comisión nacional de búsqueda sea un organismo desconcent­rado de la Secretaría de Gobernació­n, que coordine los esfuerzos de vinculació­n, operación, gestión, evaluación y seguimient­o de las acciones entre autoridade­s que participan en la ejecución del sistema nacional para la búsqueda, localizaci­ón e identifica­ción de personas desapareci­das de conformida­d con la ley, el Programa Nacional de Búsqueda de Personas y el Programa Nacional de Exhumacion­es.

La senadora Angélica De la Peña subrayó que su función es meramente la búsqueda y tendrá 32 réplicas en las entidades, mientras que la fiscalía especializ­ada investigar­á y perseguirá los delitos. m

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