Alistan creación del primer registro nacional de fosas
El anteproyecto, que circula entre legisladores, pretende aumentar las penas hasta 150 años de prisión si el acusado es un funcionario
El Senado circuló el anteproyecto de Ley General de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares, que propone penas hasta de 100 años de cárcel, la creación de una comisión nacional de búsqueda que solo restree a los desaparecidos y una Fiscalía especializada que investigue.
Por primera vez se propone conservar todo rastro que lleve a encontrar a los desaparecidos, con tres registros nacionales:
Un inédito registro nacional de fosas, que incluye las comunes y clandestinas, para concentrar la información respecto de las fosas que existen en los cementerios y panteones de todos los municipios del país; así como de las fosas clandestinas que la procuraduría general y las procuradurías locales localicen.
Registro Nacional de Personas Desaparecidas, que concentra la información de los registros de personas desaparecidas, tanto de la Federación como de los estados.
Registro nacional de personas fallecidas: no identificadas y no reclamadas, que concentraría la información procesada de la localización, recuperación, identificación y destino final forense tanto de la Federación como de las entidades federativas, cualquiera que sea su origen.
De acuerdo con la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, la senadora del PRD Angélica de la Peña, se buscará votarla al regreso de vacaciones de Semana Santa, una vez que la propuesta se ha consultado con el alto Comisionado de la ONU, el gobierno y ONG, que la han considerado como una legislación muy avanzada y única en el mundo.
“Comete el delito de desaparición forzada de personas, el servidor público o el particular que, con la autorización, el apoyo o la aquiescencia de un funcionario, prive de la libertad en cualquier forma a una persona. “Seguida de la abstención o negativa a reconocer dicha privación de la libertad o a proporcionar la información sobre la misma o su suerte, destino o paradero, con el fin de dejar a la víctima sustraída de la protección de la ley”, detalla el borrador.
También el que omita, oculte o se niegue a proporcionar información sobre la privación de libertad de una persona o sobre el paradero de una persona detenida, u oculte a una persona detenida, con el fin de dejar a la víctima sustraída de la protección de la ley.
Las sanciones pueden alcanzar hasta los 100 años de cárcel, más otra mitad si es funcionario público, lo que llevaría a la sanción a los 150 años.
Tras los hechos de Ayotzinapa, el Senado prevé sancionar con 15 a 20 años de prisión al particular que oculte, deseche, incinere, sepulte, inhume, desintegre o destruya, total o parcialmente, restos de un ser humano o el cadáver de una persona, con el fin de ocultar la comisión del delito de desaparición forzada o de desaparición.
Se propone que la comisión nacional de búsqueda sea un organismo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, que coordine los esfuerzos de vinculación, operación, gestión, evaluación y seguimiento de las acciones entre autoridades que participan en la ejecución del sistema nacional para la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas de conformidad con la ley, el Programa Nacional de Búsqueda de Personas y el Programa Nacional de Exhumaciones.
La senadora Angélica De la Peña subrayó que su función es meramente la búsqueda y tendrá 32 réplicas en las entidades, mientras que la fiscalía especializada investigará y perseguirá los delitos. m