Morena viola la ley para dar chamba a parientes
De acuerdo con una solicitud de información hecha a la Asamblea Legislativa, cada integrante gasta hasta 2 mdp al año en ayudantes
Esposas, hermanos, primos, sobrinos o cuñados de diputados de Morena trabajan en la Asamblea Legislativa para integrantes de esa fracción, lo que viola el artículo 18, fracción VI, de la Ley Orgánica.
De acuerdo con la respuesta a una petición de información, el diputado Miguel Ángel Hernández emplea a su propia esposa, Angélica Elena Leguizamon Vivas, quien tiene un sueldo de 25 mil 138, de acuerdo con los recibos de pagos a los cuales tuvo acceso este diario.
El asambleísta Luciano Tlacomulco Oliva tiene trabajando en la Asamblea a César Alberto Olivares Tlacomulco, con un sueldo de 48 mil pesos, y Mariana Tlacomulco Anguiana, con 6 mil 5 al mes; sin embargo, el documento no especifica el parentesco.
En la misma situación está Beatriz Rojas Martínez, esposa de Francisco Chíguil, ex delegado en Gustavo A. Madero e implicado en caso New’s Divine, donde murieron 11 personas en 2008.
La legisladora contrató a sus primas María de Lourdes y María del Socorro Ramírez Martínez, y a su hermana Stefani Cortés Rojas, además de Andrés Chíguil Pucheta, sobrino del ex delegado.
Por su parte, el diputado Darío Carrasco tiene un pariente laborando en la Asamblea, Augusto César Medina Carrasco, aunque está al mando de otra diputada morenista: Ana Juana Ángeles.
Un caso distinto es el de César Cravioto, quien tiene como asesor al ex esposo de su hermana Lenia Batres, Mario Zepeda, y a Marcos Gil González, quien también es asesor jurídico de la asociación civil Benita Galena, ligada a invasión de predios.
De acuerdo con la Oficina de Transparencia de la Asamblea Legislativa, Morena tiene 207 empleados, que en su mayoría realizan funciones de asesores. En promedio cada diputado de este partido tiene 14 lugares asignados de este tipo, lo que representa 2 millones de pesos anuales en sueldos.
La Ley Orgánica señala que son obligaciones de los diputados responder por sus actos en términos de la Constitución Mexicana, que señala las responsabilidades de los servidores públicos, particulares vinculados con faltas administrativas graves o hechos de corrupción, y patrimonial del Estado. M