Milenio

SOLICITUD DE LA SOCIEDAD MEXICANA PARA LA PROTECCIÓN DE LA RADIACIÓN Piden a Ifetel incluir datos de relación entre cáncer y gadgets

Solicitan emitir especifica­ciones técnicas para el cumplimien­to de los límites máximos de emisiones radioeléct­ricas de aparatos que puedan conectarse a la red

- Susana Mendieta/México Notimex/Roma

La Sociedad Mexicana para la Protección de la Radiación no Ionizante (Smpri) llamó al Instituto Federal de Telecomuni­caciones (Ifetel) a que incluya en el proyecto de disposició­n técnica IFT-012-2016 la clasificac­ión de la Agencia Internacio­nal para la Investigac­ión del Cáncer (IARC) la cual señala que las emisiones radioeléct­ricas que emplean dispositiv­os como celulares, tablets, manos libres, entre otros, pueden ser agentes cancerígen­os.

Emmanuel Abundis Gutiérrez, representa­nte de la Smpri, aseguró en el documento presentado en la consulta pública que el Ifetel —único órgano regulador para el sector de telecomuni­caciones— cometió la omisión “intenciona­l”, de no hacer mención a dicha clasificac­ión, donde se considera a las emisiones radioeléct­ricas como cancerígen­as.

La disposició­n técnica del instituto precisamen­te se está realizando para emitir las especifica­ciones técnicas para el cumplimien­to de los límites máximos de emisiones radioeléct­ricas no ionizantes de los productos, equipos, dispositiv­os o aparatos destinados a telecomuni­caciones que puedan Los jueces del Tribunal de Ivrea, en el norte de Italia, condenaron al Instituto de previdenci­a de accidentes laborales (Inail) a otorgar una pensión vitalicia al empleado de una empresa quien desarrolló un tumor cerebral a causa del uso del teléfono celular por más de tres horas diarias.

Los abogados Renato Ambrosio y Stefano Bertone anunciaron a los medios que se trata de la primera vez que una corte reconoce el nexo entre el uso del celular y el desarrollo de un tumor cerebral.

Dijeron que la sentencia fue emitida el 30 de marzo por el juez laboral del Tribunal de Ivrea, Luca Fadda, quien estableció que el empleado Roberto conectarse a una red y hacer uso del espectro radioeléct­rico.

Sin embargo, a decir de Abundis Gutiérrez, destacó que la IARC considera a dichas emisiones como posibles cancerígen­os humanos, en donde los menores de edad son los más expuestos por las caracterís­ticas físicas de su cuerpo: “Los tejidos y órganos dentro del cráneo de niños pueden absorber el doble de radiación comparados con un adulto y la médula ósea de su cráneo puede absorber hasta 10 veces más, según lo estipulado en las monografía­s de la IARC”. Abundis Gutiérrez también destacó que se debe mejorar la disposició­n técnica en pruebas para medir las emisión de radiación en los dispositiv­os móviles. Romeo, de 57 años de edad, enfermó a causa del uso del teléfono celular por más de tres horas diarias durante 15 años.

Al hombre le fue diagnostic­ado un tipo de tumor cerebral benigno, pero invalidant­e. Explicó que con el tiempo comenzó a sufrir malestares en el oído, hasta que en 2010 le fue diagnostic­ado un tumor cerebral que ocasionó que le fuera extirpado el nervio acústico.

“Esperamos que la sentencia impulse una campaña de sensibiliz­iación sobre el uso del teléfono celular”, dijo Bertone.

Además señaló que las distancias mencionada­s en el anteproyec­to de Disposició­n Técnica siempre son menores a 200 milímetros, lo que deja fuera a dispositiv­os de largo alcance (equipos de comunicaci­ón celular), el cual logra altas potencias, mientras pueden estar en interiores y cerca de humanos.

Aseguró que el Instituto continúa cometiendo el error de usar el factor térmico como un determinan­te, así como la potencia. “Tampoco se han tomado en cuenta cómo estas señales, en sus diferentes frecuencia­s de uso, interaccio­nan con los tejidos y órganos expuestos, independie­ntemente de su intensidad, lo cual es una gran falla de las disposicio­nes técnicas 007 y 012”, detalló el representa­nte de la Smpri.

Respecto al numeral quinto, fracción 5.1.2.1 del modelo de cabeza humana —usada para hacer pruebas de resonancia con las que detectan qué tanto afectan las emisiones radioeléct­ricas— de 15 centímetro­s, medido de oreja a oreja, lo que se supone equivale a la cabeza de un adulto, señaló que no necesariam­ente es el reflejo de la parte superior del cuerpo de un mexicano promedio. “Evidenteme­nte, mujeres y sobre todo niños, no están incluidos, pero es más preocupant­e el caso de los infantes ya que son un grupo de usuarios en crecimient­o exponencia­l y quienes tendrán una mayor exposición a lo largo de su vida”, aseguró Abundis.

También señaló que dentro del cráneo existen múltiples tejidos, líquidos y órganos, cada uno con una interacció­n y una absorción diferente; sin embargo, el Ifetel sugiere que este proceso es homogéneo, es decir, que la absorción es igual en cualquier punto, pero sobre todo la ionización es uniforme, lo cual no sucede en una cabeza humana. M

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