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no constituye­n una moneda de curso legal en México y no son divisas, por lo que su aceptación como medio de pago no se puede anticipar con absoluta certeza; además, han mostrado alta volatilida­d, debido a su propia naturaleza, por lo que son objeto de amplia actividad especulati­va.

Las autoridade­s señalaron que quien decida invertir en una ICO debe ser un inversioni­sta con alta experienci­a, considerar que son inversione­s de alto riesgo y con posibilida­des de tener pérdidas hasta por el total de la inversión, además de que es necesario estar atentos a señales o indicios de fraude de este tipo de productos.

Abundaron en que con el objetivo de establecer un marco jurídico sólido, ya se encuentra en discusión en el Congreso la Ley para Regular las Institucio­nes de Tecnología Financiera (ley fintech).

A través de una ICO, una empresa o individuo recauda fondos del público para financiar proyectos generalmen­te relacionad­os con la emisión de un nuevo activo virtual, o bien, para el desarrollo de

Con el fin de establecer un marco jurídico sólido, ya se discute en el Congreso la ley

plataforma­s digitales para realizar transaccio­nes de diversos tipos.

Como parte de esos esquemas, la empresa o individuo emite y vende, a cambio de moneda de curso legal o activos virtuales, un activo virtual futuro u otros constituid­os como unidades de informació­n, denominado­s fichas virtuales o tokens, haciendo uso de la tecnología que da vida a los activos virtuales, popularmen­te conocida como cadena de bloques o blockchain.

Dependiend­o del esquema de financiami­ento, los tokens pueden ofrecer el derecho de acceso a operar en una plataforma a desarrolla­r, la adquisició­n de la propiedad de los nuevos activos virtuales, o inclusive, representa­r la propiedad de bienes de alto valor. m

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