Si Peña no corrige, acción legal contra ley de seguridad: CNDH
Se desaprovechó la oportunidad de incluir a expertos y a organismos en el debate, lamenta
La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) interpondrá una acción de inconstitucionalidad si el presidente Enrique Peña Nieto no veta la ley de seguridad interior, porque abre la puerta a la violación de libertades básicas.
En su cuenta de Twitter, el ombudsman Luis Raúl González Pérez explicó que, de publicarse la norma en el Diario Oficial de la Federación, cuentan con 30 días para analizar y ejercer la acción legal. “Una vez agotado el proceso legislativo de aprobarse la ley de seguridad interior, tenemos 30 días a partir de su publicación; desde luego haremos el análisis constitucional respectivo y ejerceríamos, en su caso, la facultad que nos da la Constitución”, tuiteó el comisionado nacional.
En un comunicado, la CNDH exhortó al Presidente a formular observaciones al proyecto de ley de seguridad, argumentando que es facultad del Ejecutivo —de acuedo con el artículo 72 de la Constitución— desechar la norma aprobada por el Congreso o regresarla con señalamientos a la cámara de origen para ser nuevamente discutida.
Advirtió que la aprobación de esta ley, en los términos en que fue formulada, va contra el sentido y contenido de la reforma de 2011 en materia de derechos humanos, pues genera la posibilidad de que se vulneren derechos y libertades básicas reconocidas.
El organismo autónomo aclaró que respeta la determinación del Poder Legislativo, pero reiteró que “la preocupación es que el contenido de la ley en cuestión contravenga o propicie que se vulneren los derechos humanos”.
Por ello, la CNDH atiende el llamado de organizaciones civiles que revisan la constitucionalidad y convencionalidad de la ley de seguridad y, en concordancia con sus posicionamientos críticos sobre esta, presentará la medida.
También hizo hincapié sobre la oportunidad que se desaprovechó para lograr que el proceso de la discusión legislativa se llevara a cabo en un espacio de reflexión y construcción, “donde no solo se escucharan planteamientos, sino que también se permitiera el debate libre plural e informado de posturas y conocimientos sobre el tema, tal y como lo solicitaron expertos, académicos, organizaciones civiles y organismos de derechos humanos, tanto nacionales como internacionales”.
Insistió en que la atención a los problemas de seguridad y justicia que enfrenta el país debe emprenderse bajo un enfoque integral, “partiendo de una lógica preventiva, más que reactiva, y se ocupe del conjunto de factores que generan o propician las actividades delictivas. “Además del desarrollo de capacidades y recursos para la efectiva persecución y combate de las actividades ilícitas, con pleno respeto a los derechos humanos, todo lo cual pasa, necesariamente, por la revisión y fortalecimiento de nuestras policías y autoridades civiles”, criticó.
Con las atribuciones
La CNDH tiene legitimación activa para promover la acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte, con base en el artículo 105, fracción II, inciso g) de la Carta Magna.
Expresamente dispone que cuenta con atribuciones para plantear la posible inconstitucionalidad de normas que vulneren los derechos humanos consagrados en la Constitución y en los tratados internacionales en los siguientes términos:
Artículo 105. La Suprema Corte conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes:
II. De las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general y la Constitución.
Las acciones de inconstitucionalidad podrán ejercitarse, dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de publicación de la norma, por:
g) La CNDH contra leyes de carácter federal o de las entidades, así como de tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo y aprobados por el Senado, que vulneren los derechos humanos consagrados en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que México sea parte. m