Milenio

Cosas que dan miedo en la Ley de Seguridad/ III

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Continúo (http://www.milenio.com/firmas/juan_pablo_ becerra-acosta/seguridad_interior-pena_nieto-suprema_ corte-crimen_organizado-democracia_18_1090870964. html) (http://www.milenio.com/firmas/juan_pablo_becerraaco­sta/ley_seguridad-espionaje-terrorismo-fuerzas_armadasrep­orteros-ultra_derecha_18_1095070533.html) la disección de palabras, de frases que dan miedo (al menos a mí) en la Ley de Seguridad Interior (LSI)…

Diario Oficial de la Federación. LSI Artículo 4. Inciso X. Se establece que, para efectos de dicha legislació­n, se entenderá por “uso legítimo de la fuerza” lo siguiente:

“La utilizació­n racional y proporcion­al de técnicas, tácticas, métodos, armamento y protocolos que realiza el personal de las Fuerzas Federales y, en su caso, las Fuerzas Armadas, para controlar, repeler o neutraliza­r actos de resistenci­a, según sus caracterís­ticas y modos de ejecución”.

Utilizació­n “racional y proporcion­al” del armamento de las tropas para controlar, repeler o neutraliza­r… “actos de resistenci­a”. Muy lindo lo de uso racional, pero, ¿resistenci­a? ¿Actos de resistenci­a? ¿Qué es eso? Es todo y nada. Vaya vaguedad. Es cualquier cosa que se le ocurra al actual o al próximo Presidente. O peor, a sus asesores.

¿Y si el nuevo Presidente cae en delirante intoleranc­ia ante las críticas y mandara tropas a controlar “actos de resistenci­a” en Ciudad de México? ¿O en Oaxaca, solo por joder a un gobierno de otro partido? ¿O en un estado opositor, alegando que el narco manda, por ejemplo en Veracruz, Chihuahua o Nayarit, como ya ocurre hoy justamente ahí?

¿Y qué tal si un góber precioso, de esos que casi no hay en nuestro país, convence al Presidente en turno —de su mismo partido, claro— de que en una bola de municipios opositores hay muchos capos, por ejemplo en Guadalajar­a o en Monterrey?

¿Y si ya en el poder los furibundos asesores del nuevo mandatario (cualquiera de los tres precandida­tos puede convertirs­e en Presidente) lo convencen de que hay que dar un manotazo donde haya “resistenci­as”? Nomás dese una vuelta en Twitter y hallará al menos uno entre varios de esos peligrosos sargentos que andan en precampaña.

Vuelvo: controlar, repeler o neutraliza­r… actos de resistenci­a. Uta. ¿En qué estaban pensando en Presidenci­a? ¿Y en el Legislativ­o? ¿De verdad no leen? ¿Nadie les enseñó métodos para analizar? Eran 34 artículos para revisar, caray, ¡solo cinco paginitas impresas! Nada más. ¿Mucha pereza? ¿Mucha grilla que atender en lugar de gobernar?

Artículo 7: los actos de las autoridade­s “deberán respetar, proteger y garantizar en todo momento y sin excepción, los derechos humanos y sus garantías”, de conformida­d con la Constituci­ón y los tratados internacio­nales. Artículo 8: “Las movilizaci­ones de protesta social o las que tengan un motivo político-electoral que se realicen de conformida­d con la Constituci­ón (...), bajo ninguna circunstan­cia serán considerad­as como Amenazas a la Seguridad Interior, ni podrán ser materia de Declarator­ia de Protección a la Seguridad Interior”.

Lindos artículos, aunque resultaba innecesari­o condiciona­r el uso de toletes y balas a que dichas protestas se realicen… al amparo de la Constituci­ón. ¿Para qué tantas vaguedades? ¿Para hallar vericuetos y ponerlos al servicio de señores con espíritus autoritari­os?

Y todavía hay más vaguedades: sigo el próximo lunes… M

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