El deber de cumplir deberes en la Constitución de la CdMx
En la entrega anterior me referí “al derecho a defender los derechos”. Ahora quiero hablar de la otra cara de la moneda: el deber de cumplir los deberes.
Gustavo Zagrebelsky afirma que “en las sociedades justas la categoría dominante es la de los deberes, no la de los derechos”. Tiene razón, por ello el Constituyente de Ciudad de México también utilizó la misma sofisticada técnica jurídica en el ámbito referido.
En efecto, basta la lectura de su artículo 23 para advertir los deberes de las personas en Ciudad de México que tienen para con su familia, su comunidad y su entorno. Dentro de ellos se enumeran los siguientes: ejercer y respetar los derechos reconocidos en la Constitución y contribuir al acceso universal de los mismos, así como tratar a todas las personas con dignidad y sin discriminación (a); conocer y cumplir las disposiciones de la citada Constitución y las leyes que de ella emanen (b); respetar y coadyuvar en el desarrollo integral de los miembros de las familias (c); proteger, preservar y generar un medio ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo racional y sustentable (d); respetar la vida y la integridad de los animales como seres sintientes, así como brindarles un trato digno y respetuoso en los términos que la Constitución establece (e); contribuir al gasto público, conforme lo dispongan las leyes (f); denunciar conductas que pudieran ser constitutivas de un delito, particularmente actos de corrupción (g); promover la defensa del interés general por encima del interés particular (h); ser solidario con la comunidad y ayudar a otras personas en caso de un accidente o desastre natural, así como prestar a las autoridades el auxilio para el que fueren legalmente requeridos (i); conocer, valorar y conservar el patrimonio cultural, natural y rural de la ciudad, así como cuidar y respetar los bienes públicos (j); participar en la vida política, cívica y comunitaria, de manera honesta y transparente (k), y promover los valores comunitarios (l).
Para hacer efectivos los mandatos constitucionales, me interesa destacar que el deber de cumplir los deberes o la obligación de cumplir las obligaciones será una realidad cuando la sociedad, en general, adopte una actitud activa en un contexto de nuevo civismo. Me explico.
En la actualidad se habla de “ríos de ilegalidad” o de cómo hacer cumplir la ley, dada la inseguridad pública, ausencia de estado de derecho y la mala situación económica por la que atraviesa el país.
Para hacer frente al mencionado ambiente, considero que la ciudadanía en general, y el gobierno en particular, tienen que cumplir con sus deberes y obligaciones. A este respecto solo en la medida en que la sociedad en general adopte actitudes cotidianas tales como el respeto por la personalidad de cada quien, con independencia de su pertenencia de determinado sector o etnia, género, edad, condición social o de salud, religión, preferencia sexual o estado civil, se podrá hacer efectivo el deber al respeto de la dignidad humana sin discriminación.
De igual forma, solo cuando la sociedad realice la tarea diaria de no tirar basura en la vía pública o separarla para su recolección, se cumplirá con el deber de proteger, preservar y generar un medio ambiente sano. Asimismo, únicamente cuando se tenga conciencia del uso del agua potable se hará realidad el deber de utilizarla de modo racional y sustentable.
También cuando los propietarios de animales les proporcionen condiciones mínimas de vida, como el lugar y la alimentación, así como una rutina diaria de ejercicio, se podrá advertir el cumplimiento del deber a la vida y respeto de los animales, así como a su trato digno y respetuoso.
De particular relieve resulta el cumplimiento del deber de pagar impuestos, pues sin éstos el Estado no tiene los recursos necesarios para afrontar los servicios públicos. Es cierto que en muchos casos los servicios públicos no son de calidad o ni siquiera se prestan, pero ello no implica que no se justifique el citado deber; cuando se cumple con el deber de pagar impuestos, la sociedad en general puede exigir a las autoridades cumplir con sus deberes y obligaciones.
En el mismo orden de ideas, el combate a la delincuencia, organizada o no, así como a la corrupción, no solo es obligación y competencia del Estado, sino también de los gobernados, quienes tienen el deber de hacer del conocimiento de las autoridades respectivas —por cualquier medio— los hechos que puedan llegar a ser constitutivos de delito.
En la medida en que la ciudadanía y sociedad empiece por cumplir los deberes y obligaciones que la constitución, la ley, el civismo y la ética imponen, se podrá generar, el tan anhelado cambio.