Tribunal Electoral: sí a los debates
El Tribunal Electoral dio otro revés al Instituto Nacional Electoral (INE), ahora respecto al Acuerdo de Intercampañas que derivó de la respuesta a las consultas realizadas por los partidos políticos Morena y del Trabajo y que prohibía la posibilidad que durante el periodo llamado de “intercampaña” (del 12 de febrero al 29 de marzo), los candidatos electos pudiesen debatir y contrastar ideas en programas de radio y televisión.
Con la resolución del tribunal esta medida quedó sin efecto, por lo que en pleno ejercicio de su libertad de expresión, radio y televisión, a través de sus comunicadores, podrán organizar mesas de análisis, entrevistas y debates, teniendo presentes a dos o más candidatos. Aún quedan 18 días de intercampaña, por lo que este precedente judicial permitirá la confrontación de ideas en aras de una sociedad más informada, en virtud de que el acuerdo del INE representaba un retroceso al intentar controlar y dar directriz a los medios.
Es momento de que la radiodifusión comience a organizar en sus programas debates, donde los candidatos electos asistan a dialogar sobre los diversos temas de la agenda nacional; lo que debe tener presente la radio y televisión —solamente— son tres aspectos: la invitación tiene que ser extensiva a todos los candidatos electos, que no exista promoción de candidatos ni que inviten al voto.
Estas limitantes son derivadas de criterios tanto de la Suprema Corte como de disposiciones y resoluciones de autoridades electorales.
Resulta evidente que la decisión del Tribunal Electoral, derivada de diversa impugnaciones —entre otras— por la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión, permitirá el desarrollo de una elección libre donde era esencial el derecho a la información de los ciudadanos y la plena posibilidad de que los medios de comunicación organicen debates políticos.
La resolución del tribunal representa un precedente importante para futuras elecciones, al dejar claro que no es posible coartar la libertad de expresión de los comunicadores ni de las estaciones de radiodifusión donde trabajan.
Así, el pleno del tribunal señaló que el INE solo debió emitir una opinión respecto de una temática de la que fue consultada, mas no llevarla a su ámbito reglamentario. Las magistradas y los magistrados indicaron que la facultad consultiva del INE tiene la finalidad de coadyuvar con los demás integrantes del sistema electoral; sus opiniones deben versar sobre cuestiones relacionadas con el ejercicio de sus facultades, a fin de evitar generar incertidumbre e inseguridad jurídica como fue en este caso. Se hizo justicia. m