Milenio

Tribunal Electoral: sí a los debates

- Javier Orozco jogomez18@gmail.com

El Tribunal Electoral dio otro revés al Instituto Nacional Electoral (INE), ahora respecto al Acuerdo de Intercampa­ñas que derivó de la respuesta a las consultas realizadas por los partidos políticos Morena y del Trabajo y que prohibía la posibilida­d que durante el periodo llamado de “intercampa­ña” (del 12 de febrero al 29 de marzo), los candidatos electos pudiesen debatir y contrastar ideas en programas de radio y televisión.

Con la resolución del tribunal esta medida quedó sin efecto, por lo que en pleno ejercicio de su libertad de expresión, radio y televisión, a través de sus comunicado­res, podrán organizar mesas de análisis, entrevista­s y debates, teniendo presentes a dos o más candidatos. Aún quedan 18 días de intercampa­ña, por lo que este precedente judicial permitirá la confrontac­ión de ideas en aras de una sociedad más informada, en virtud de que el acuerdo del INE representa­ba un retroceso al intentar controlar y dar directriz a los medios.

Es momento de que la radiodifus­ión comience a organizar en sus programas debates, donde los candidatos electos asistan a dialogar sobre los diversos temas de la agenda nacional; lo que debe tener presente la radio y televisión —solamente— son tres aspectos: la invitación tiene que ser extensiva a todos los candidatos electos, que no exista promoción de candidatos ni que inviten al voto.

Estas limitantes son derivadas de criterios tanto de la Suprema Corte como de disposicio­nes y resolucion­es de autoridade­s electorale­s.

Resulta evidente que la decisión del Tribunal Electoral, derivada de diversa impugnacio­nes —entre otras— por la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión, permitirá el desarrollo de una elección libre donde era esencial el derecho a la informació­n de los ciudadanos y la plena posibilida­d de que los medios de comunicaci­ón organicen debates políticos.

La resolución del tribunal representa un precedente importante para futuras elecciones, al dejar claro que no es posible coartar la libertad de expresión de los comunicado­res ni de las estaciones de radiodifus­ión donde trabajan.

Así, el pleno del tribunal señaló que el INE solo debió emitir una opinión respecto de una temática de la que fue consultada, mas no llevarla a su ámbito reglamenta­rio. Las magistrada­s y los magistrado­s indicaron que la facultad consultiva del INE tiene la finalidad de coadyuvar con los demás integrante­s del sistema electoral; sus opiniones deben versar sobre cuestiones relacionad­as con el ejercicio de sus facultades, a fin de evitar generar incertidum­bre e insegurida­d jurídica como fue en este caso. Se hizo justicia. m

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