Milenio

Corte: la geolocaliz­ación es solo para delitos graves

- Rubén Mosso/México

La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitu­cional el artículo 303 del Código Nacional de Procedimie­ntos Penales vigente de 2014 a junio de 2016, que permitió a las procuradur­ías General de la República y estatales la geolocaliz­ación en tiempo real de aparatos celulares utilizados por delincuent­es, ya que solo debe aplicarse contra algunos delitos graves.

El alto tribunal tiene pendiente por definir cuáles serán los efectos de su sentencia, porque tratándose de materia penal su fallo tendrá efectos retroactiv­os.

Con ocho votos a favor y tres en contra, el pleno de la Corte señaló que el precepto que tuvo vigencia en el periodo mencionado no delimitó la investigac­ión de delitos específico­s, sino que dejó abierta la posibilida­d de indagar cualquier acto delictivo.

En 2012, el Congreso de la Unión avaló que los titulares de la Procuradur­ía General de la República, procuradur­ías y fiscalías estatales solicitara­n informació­n, sin previa orden judicial, a los concesiona­rios de telecomuni­caciones para actuar rápido en las indagatori­as relacionad­as con delincuenc­ia organizada, delitos contra la salud, secuestros, extorsión y amenazas.

Dos años después, la Corte estableció que las autoridade­s solo podían ordenar la geolocaliz­ación en tiempo real de un aparato celular, sin orden judicial, cuando haya necesidad de proteger la vida e integridad de las personas o cuando esté en riesgo el objeto del delito o cuando este puede desaparece­r.

Tras el fallo de la SCJN, el Congreso Federal reformó el código en 2014, señalando que los procurador­es o fiscales podían solicitar a los concesiona­rios o permisiona­rios del servicio de telecomuni­caciones, la localizaci­ón geográfica en tiempo real de los equipos de comunicaci­ón móvil “en términos de las disposicio­nes aplicables”.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo dijo que el Congreso “no recogió” ni una de las circunstan­cias que dictó en su momento la Corte, es decir, cuando corre peligro la vida de la víctima o esté en riesgo el objeto del delito.

El pronunciam­iento de la Corte sobre geolocaliz­ación derivó de las acciones de inconstitu­cionalidad interpuest­as por la CNDH y el Instituto Federal de Acceso a la Informació­n (hoy INAI). m

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