Fotocopias no son apoyos válidos, confirma Tribunal
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la negativa de validar la fotocopia de una credencial de elector como respaldo ciudadano para que los aspirantes independientes puedan aparecer en la boleta electoral.
Al resolver la impugnación interpuesta por el aspirante a diputado federal Víctor Manuel Amezcua Arista, la sala superior del tribunal determinó que esta limitante no vulnera el derecho de participación política del ciudadano en su derecho a ser votado.
De acuerdo con la magistrada presidenta, Janine Otálora Malassis, afirmó que la exigencia de presentar el original de la credencial de elector es un elemento esencial para un respaldo ciudadano autentico y libre de sospecha.
Recordó que el INE emitió una serie de lineamientos que fueron previamente avalados por Tribunal Electoral y que establecían que una de las causas para negar la procedencia de un apoyo era que proviniera de una fotocopia.
El magistrado Indalfer Infante recordó que la utilización de la aplicación móvil justamente buscó evitar el uso de fotocopias de credenciales de elector como un elemento que diera mayor certeza al proceso. “La única forma de garantizar que el ciudadano es quien realmente dio su respaldo es con el original de una credencial de elector”, dijo.
El Tribunal Electoral también confirmó el uso de los cuadernillos de operaciones para el conteo rápido al validar la confiabilidad y certeza de su utilización.
La sala superior del tribunal desestimó la impugnación del PVEM, que consideró que la utilización de ese mecanismo no modifica en nada el procedimiento de escrutinio y cómputo, ni afecta el principio de certeza que debe regir el conteo rápido.
Al presentar su proyecto, el magistrado Felipe Fuentes Barrera aseguró que los cuadernillos son documentos oficiales reconocidos en la ley que cuentan con la calidad y precisión suficiente para ser utilizado en este ejercicio estadístico. M