La Suprema Corte otorga el segundo amparo para cultivo y consumo de mariguana con fines recreativos
Con 5 casos similares habrá jurisprudencia y los juzgados federales deberán fallar igual
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación otorgó el segundo amparo que permite el cultivo, procesamiento y consumo de mariguana para fines lúdicos y recreativos.
Con una nueva conformación de la Sala, la ministra Norma Piña Lucía Hernández se sumó al criterio que había adoptado la mayoría de los ministros el 4 de noviembre de 2015.
El amparo fue otorgado al reconocido abogado Ulrich Richter, quien reclamó cinco artículos de la Ley General de Salud. La medida únicamente beneficia a Richter.
Jorge Mario Pardo Rebolledo propuso amparar al litigante; sin embargo, el ministro votó en contra de su proyecto.
Pardo ha manifestado estar contra la prohibición absoluta del consumo de la mariguana, pero como no existe una ley o reglamento que permita adquirir la semilla existe un obstáculo para los consumidores.
Cuando sumen cinco casos similares, el criterio de la Sala se convertirá en jurisprudencia y los tribunales federales deberán resolver en el mismo sentido, es decir, a favor de los consumidores que busquen cultivar, procesar y consumir mariguana para fines lúdicos y recreativos, para que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios les extienda su permiso.
En noviembre de 2015, la Sala emitió el primer fallo sobre el tema, luego de que cuatro quejosos promovieron un amparo colectivo contra diversos preceptos de la Ley General de Salud.
Las dos sentencias emitidas prohíben tajantemente la comercialización del enervante y su distribución a terceros.
Hace más de dos años, la Sala consideró que este tema se trata de un asunto que tiene que ver con la libertad de las personas y de la posibilidad para elegir el modelo de vida que quieren llevar.
El pronunciamiento más importante que se hizo en esa ocasión para apoyar el proyecto del ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea lo realizó el ministro José Ramón Cossío, quien manifestó que la experiencia de los 50 años recientes demuestra que la política prohibicionista en materia de drogas ha fracasado, por lo que requiere un cambio, porque no disminuido la prevalencia de las adicciones.
El tema de la mariguana volvió a ser abordado en abril de 2016, pero por el pleno de la Corte. Esa vez se negó amparar a la empresa Comercializadora Rubicón, la cual pretendía sembrar, cultivar y cosechar el enervante para desarrollar, importar, exportar y vender medicinas y tratamientos a base de tetrahidrocannabinol y cannabis.
Con seis votos contra cinco, el pleno determinó que una persona moral no puede invocar el derecho a la salud, porque, en términos coloquiales, no se puede enfermar.
La Corte todavía tiene pendiente por discutir el tema del uso medicinal, porque aún no analiza el caso de la niña Graciela Elizalde Benavides, a quien se le permitió el uso de cannabidiol (derivado de la mariguana) con fines médicos, gracias a una suspensión provisional otorgada por un juez federal. m