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Se excluye a quienes cometieron delitos patrimonia­les, es decir, daños a bienes privados

con causas pendientes, el juez competente decretará de oficio el sobreseimi­ento sin restriccio­nes a favor de los procesados. “Las personas a quienes aprovecha esta ley, no podrán ser en el futuro detenidas, aprehendid­as ni procesadas por los delitos que les fueron imputados y cometidos estrictame­nte durante el periodo que comprende esta ley”, agregó.

Especifica que no se beneficiar­án con este decreto a las personas que se les impute la comisión de delitos patrimonia­les relacionad­os con daños en bienes del dominio público o propiedad privada.

Entre los beneficiad­os por este decreto están los participan­tes en las movilizaci­ones durante la toma de posesión de Enrique Peña Nieto como presidente de México en diciembre de 2012, o los detenidos en noviembre de 2014, cuando se prendió fuego a una puerta de Palacio Nacional.

En tanto, el diputado perredista Leonel Luna destacó que a diferencia de la amnistía que propone Andrés Manuel López Obrador, la Asamblea Legislativ­a aprobó una ley que extingue la pretensión punitiva y la potestad de ejecutar penas y medidas de seguridad contra quienes se les imputaron delitos durante la celebració­n de manifestac­iones en Ciudad de México. M

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Pleno de la Asamblea Legislativ­a.

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