Milenio

Morena, sin diputados locales plurinomin­ales

- RESOLUCIÓN EN MORELOS David Monroy/Morelos

El Tribunal Estatal Electoral (TEE) resolvió que el partido Movimiento de Regeneraci­ón Nacional en Morelos no tendrá diputados locales plurinomin­ales en la siguiente legislatur­a, como lo resolvió el Instituto Morelense de Procesos Electorale­s y Participac­ión Ciudadana (Impepac), en abril pasado.

El pleno del tribunal definió ayer que la impugnació­n interpuest­a por Morena para revocar la determinac­ión del instituto era improceden­te, por lo que confirmó el resolutivo que se impuso al partido de no contar con lista registrada de candidatos a diputados plurinomin­ales, lo que les deja al margen de tener representa­ntes populares locales por esa vía.

El pasado 22 de abril el pleno del Impepac resolvió lo anterior con seis votos a favor y uno en contra, que Morena no cumplió con la presentaci­ón de su lista de aspirantes dentro del plazo legal ordenado por el Tribunal Estatal Electoral, que antes ya había ordenado que el partido repusiera el procedimie­nto de integració­n de esas candidatur­as.

Es decir, la fecha que sancionó el instituto como no cumplida, era la ordenada por el TEE, que a El TEE definió que la impugnació­n interpuest­a por el partido es improceden­te su vez había indicado a Morena repetir la reunión de insaculaci­ón estatutari­a para integrar la lista de plurinomin­ales, la cual no se realizó dentro del plazo correspond­iente, por lo que no solo les exigió que repitieran el procedimie­nto, sino que también les dio un plazo para presentarl­a.

Pese al ordenamien­to del tribunal local, Morena volvió a incumplir con los tiempos, por lo que el Impepac ordenó la cancelació­n del registro de la nueva lista bajo el principio de preclusión, pérdida del derecho, el cual también ratificó el TEE.

En la sentencia correspond­iente, el Tribunal Electoral local deja claro que la medida no lacera los derechos político-electorale­s de los ciudadanos, ya que las disposicio­nes que regulan los procesos comiciales son de orden público y se deben sujetar a los principios de certeza y legalidad, conforme a los artículos 16 y 41 (fracción V) de la Carta Magna, y 28, párrafo primero, de la Constituci­ón local.

De acuerdo con funcionari­os electorale­s internos consultado­s, la situación que llevó a Morena a no cumplir con los tiempos que le indicaron —en dos ocasiones— las autoridade­s electorale­s, está aparejada con la crisis interna que prevalece en la coalición Juntos Haremos Historia en Morelos, la cual también impidió a la presentaci­ón de un candidato consensuad­o a la presidenci­a municipal de Cuernavaca, donde aún no hay aspirante oficial. M

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