Guerrero, Nestora y el poder de las armas
El problema no es la inexistencia de los hechos, sino su interpretación legal
Del caso Nestora, los hechos parecen estar relativamente claros, es decir, confusos. Las acusaciones formales de secuestro contra Nestora y otros miembros de la policía comunitaria de Olinalá, presentadas por la Procuraduría de Justicia de Guerrero en 2013, fueron desechadas por la justicia federal, por improcedentes, ya que hay una ley estatal aprobada en 2010, la 701, que: a) reconoce la existencia y la validez de sistemas normativos internos de los pueblos y comunidades indígenas, basados en sus usos, costumbres y tradiciones, y b) legaliza la actuación de las policías comunitarias en Guerrero. Los supuestos secuestros no fueron tales, sino detenciones de una autoridad legal con fines de reeducación de los detenidos.
Sin embargo, como las cosas casi nunca son tan simples como parecen y menos en Guerrero, hay que añadir otro hecho igualmente cierto. La recomendación emitida en febrero de 2016 por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en la que ésta da por buenas las graves violaciones a los derechos humanos cometidas por la policía comunitaria de Olinalá, cuya comandante era Nestora, la candidata al Senado por Morena. La CNDH, que no es ninguna autoridad priista, documentó secuestros, golpes, maltratos, trabajos forzados, violaciones a una menor por parte de policías comunitarios e incluso extorsiones por parte de la misma Nestora.
Así las cosas, el problema no es la inexistencia de los hechos, sino su interpretación legal. Desde la perspectiva de la justicia formal —la legislación de Guerrero—, muchos campesinos, mujeres e incluso adolescentes y niños han sido detenidos legalmente y sujetos a procesos de “reeducación”. Pero para la CNDH esos actos de la autoridad comunitaria constituyen graves violaciones a los derechos humanos, aunque no los pueda calificar como delitos.
La pregunta obligada es ¿cuáles son los criterios o las normas de los usos y costumbres —legalizadas por la ley 701— bajo los cuales las policías comunitarias detienen, juzgan y someten a reeducación a las personas? Aunque la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias (que agrupa a las policías comunitarias de Guerrero) dice tener un reglamento, los hechos conocidos indican que es poco utilizado y que más bien las tareas de seguridad y justicia son realizadas discrecionalmente por los comandantes y, aunque la misma ley 701 dice que en todos los casos la aplicación de los usos y costumbres deberá respetar siempre los derechos humanos, la evidencia muestra que eso no ocurre. Y esto nos lleva al fenómeno de las policías comunitarias. Guerrero es quizá el estado con mayores debilidades en materia de seguridad y justicia combinadas con una pobreza y rezagos de todo tipo que poco han cambiado en los últimos 50 años. El surgimiento de las policías comunitarias en la segunda mitad de la década de los 90 obedece fundamentalmente a dos fenómenos propiciados por la ausencia del Estado. El primero, los elevadísimos índices de violencia e inseguridad, pues en Guerrero hay una elevada correlación entre pobreza extrema y presencia de cultivos de mariguana y amapola y, por tanto, de organizaciones del narcotráfico. Muchas comunidades vieron la necesidad de autodefenderse.
Lo que complica las cosas es que en Guerrero hay un actor extra: la guerrilla que surgió en Guerrero desde los 60. Y ese es el segundo fenómeno. La principal actividad financiadora de los diversos grupos guerrilleros ha sido el secuestro. Entre 1988 y 2006 realizaron más de 30 secuestros que les redituaron más de 70 millones de dólares, entre ellos el de Alfredo Harp Helú. Sus capacidades fueron mermadas significativamente, pero han seguido secuestrando, aunque a personajes de mucho menor riqueza: a los ganaderos y comerciantes ricos del estado. Es difícil precisar, pero no es descartable que la guerrilla y varias organizaciones sociales muy radicales promovieran las policías comunitarias, como una manera de legalizar su presencia y su poder armado en ciertas regiones del estado; convertirse en policía comunitaria les ha permitido dejar de ser clandestinos y pasearse armados por toda la región sin que nadie les diga nada, además de secuestrar (perdón, detener para reeducar) a quien se les antojara. Que mejor coartada que la inseguridad. Y ya entrados en gastos, negociar de tú a tú con los narcos una relación comercial más pareja, ya que hay equilibrio en cuanto al armamento. Y si una comandante se hace senadora, pues mucho mejor.
Total, donde no hay Estado, lo que vale son las armas, no importa si son de narcos, guerrillas o policías comunitarias. Territorios sin ley. M