Milenio

Ordenan liberación del ex director del penal del Altiplano

La PGR no acreditó que Valentín Cárdenas haya facilitado la fuga de El Chapo en 2005

- TRIBUNAL OTORGA AMPARO Rubén Mosso/México

Un Tribunal Federal otorgó un amparo y ordenó la libertad de Valentín Cárdenas Lerma, ex director del penal de máxima seguridad del Altiplano, en el Estado de México, acusado por la Procuradur­ía General de la República de la fuga de Joaquín El Chapo Guzmán. Olga María Josefina Ojeda Arellano, magistrada del sexto tribunal unitario del segundo circuito, determinó que la PGR no acreditó que Cárdenas haya facilitado la evasión del capo el 11 de julio de 2015. El amparo es de fondo y ordena al titular del cuarto tribunal unitario del segundo circuito dejar insubsiste­nte el auto de formal prisión y, en su lugar, lo revoque y dicte auto de libertad por falta de elementos para procesar (con las reservas de ley) a favor Cárdenas.

Pese a que la sentencia puede ser impugnada, las reformas a la ley permiten que Cárdenas obtenga de inmediato su libertad.

Alberto del Río y Jesús Moreno, abogados de Cárdenas, dijeron a MILENIO que en términos de lo dispuesto por el artículo 77 de la Ley de Amparo, se solicitó al tribunal que se requiera al magistrado responsabl­e que cumpla con la sentencia de forma inmediata (sin necesidad de esperar a que cause ejecutoria), en el plazo de tres días a que se refiere el artículo 192 de la misma legislació­n, por ser ello procedente conforme a derecho y favorable a los intereses del quejoso.

En la sentencia, la magistrada Ojeda señaló “que no se encuenpara tra demostrado el elemento del cuerpo del delito, referente a la conducta de favorecer de algún modo la evasión” del reo.

La PGR argumentó que el ex director no gestionó el restableci­miento del sistema geofónico detectar la excavación del túnel por donde escapó El Chapo. “Con base en los artículos 12 y 14 del Reglamento del Órgano Administra­tivo Desconcent­rado Prevención y Readaptaci­ón Social, la adquisició­n de instrument­os que necesitan los centros carcelario­s, así como su mantenimie­nto, no son competenci­a del director general del centro de reclusión, sino de la Coordinaci­ón General de Centros Federales”, detalla el fallo. M

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