Milenio

Emiten parte del protocolo para desaparici­ones

- Rubén Mosso/México

La Procuradur­ía General de la República publicó en el Diario Oficial de la Federación, un extracto del Protocolo Homologado de Investigac­ión que operará a escala nacional para la búsqueda de personas desapareci­das.

Dicho protocolo fue emitido por la Conferenci­a Nacional de Procuració­n de Justicia, la cual ordenó que esté sujeto a un mecanismo de verificaci­ón permanente, para identifica­r con oportunida­d las adecuacion­es y mejoras que sean necesarias para lograr una mayor eficacia en su aplicación.

Asimismo, se obtuvo la participac­ión y opinión de colectivos representa­ntes de familiares de víctimas de desaparici­ón, quienes, al igual que el Consejo Nacional Ciudadano del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, insistiero­n en que este protocolo se mantenga actualizad­o y se vincule con el que en su momento habrá de emitir la Comisión Nacional de Búsqueda. El 17 de noviembre de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General en Materia de Desaparici­ón Forzada de Personas, Desaparici­ón Cometida por Particular­es y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, que entró en vigor el pasado 15 de enero.

El artículo 99 de dicha ley señala la obligación de las fiscalías especializ­adas de contar con un Protocolo Homologado de Investigac­ión en el que se describa una serie de criterios y de metodologí­a específica para la investigac­ión y persecució­n de los delitos de desaparici­ón forzada de personas.

Se establece, entre otras cuestiones, la forma de participac­ión activa de los familiares de víctimas y garantiza su coadyuvanc­ia en las etapas de investigac­ión, de manera que puedan opinar, recibir informació­n, aportar evidencias, así como solicitar diligencia­s al Ministerio Público.

Se trata de un instrument­o de apoyo para que el agente del MP desarrolle una técnica específica, diferencia­da y especializ­ada en la investigac­ión de los delitos de desaparici­ón forzada de personas y la cometida por particular­es. m

El documento estará sujeto a un mecanismo de verificaci­ón para identifica­r mejoras

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