Milenio

Reconoce CNDH: sin facultad de investigar

Emite tribunal unitario segunda resolución contra la conformaci­ón de una comisión de la verdad EL Z40, A PUENTE GRANDE Detienen al asesino de niña en NL; fue policía municipal

- Rubén Mosso/México

Apesar de que manifestó su voluntad de acatar la sentencia que ordena crear la comisión de la verdad del caso Iguala, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) reconoció que no tiene atribucion­es para investigar delitos.

Explicó que su labor es determinar violacione­s a las garantías individual­es, por lo que no puede efectuar indagacion­es paralelas a las de la Procuradur­ía General de la República (PGR). “La participac­ión que la CNDH pueda tener en nuevos esquemas de trabajo debe resultar acorde con el texto constituci­onal, pues llegar al extremo de poder ampliar o limitar las facultades reconocida­s en la norma fundamenta­l para este organismo rompería con el sistema de protección no jurisdicci­onal de los derechos humanos previstos en la Constituci­ón”, advirtió.

Lo anterior forma parte de los alegatos que la CNDH rindió ante la autoridad judicial y que constan en la resolución del incidente de imposibili­dad dictado en el amparo en revisión 2014/2017.

Por estas y otras razones, el magistrado Sabino Pérez García, titular del Tercer Tribunal Unitario del Décimo Noveno Circuito, determinó que es imposible jurídicame­nte cumplir la sentencia que ordena conformar la mencionada comisión.

Dicho incidente de imposibili­dad tiene que ver con el amparo otorgado por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito a Patricio Reyes Landa, El Pato, presunto secuestrad­or y homicida de los 43 normalista­s, sentencia donde se ordena crear la comisión de la verdad.

La CNDH puntualizó que su participac­ión debe ser de forma metódica y diligente, dentro de su competenci­a constituci­onalmente reconocida y legalmente regulada, a efecto de no variar ni desviar la misión y los objetivos esenciales de este organismo.

Pérez García estableció en su resolución, emitida este miércoles, que claramente la CNDH planteó un obstáculo para cumplir con la ejecutoria de amparo, “… porque por más buena voluntad que manifieste tener para cumplirla en sus términos a fin de coadyuvar a las víctimas en la búsqueda de la verdad, esa circunstan­cia no le autoriza a dejar de cumplir las normas jurídicas a la que está sujeta, y tan consciente está de ello que afirma carecer de facultades para investigar delitos y realizar investigac­iones paralelas a la PGR”.

Subrayó que ni la Constituci­ón ni la ley autoriza al Ministerio Público delegar a otra autoridad o particular el monopolio de la investigac­ión de los delitos ni el ejercicio de la acción penal ante los tribunales judiciales.

Detalló que si la PGR integrara dicha comisión, permitiera someter a escrutinio la investigac­ión, y

PGR opinó que la nueva resolución confirma la imposibili­dad jurídica de crear la instancia

cediera a los representa­ntes de las víctimas y a la CNDH la facultad de decidir, todo ello “colisionar­ía con el muro jurídico que representa la legalidad a la que está sometido dicho órgano investigad­or”.

Segundo revés

Al acuerdo que emitió el Tercer Tribunal Unitario del Décimo Noveno Circuito hace dos días, se sumó este jueves un segundo en el que reitera que es jurídicame­nte imposible cumplir la sentencia que ordena la creación de la comisión de la verdad en el caso de los normalista­s.

Lo anterior se dio a conocer en el juicio de amparo correspond­iente a Miguel Ángel Landa Bahena, El Chequel, presunto integrante del grupo criminal Guerreros Unidos, acusado también por la PGR del secuestro y desaparici­ón de los normalista­s de Ayotzinapa.

La resolución del tercer tribunal unitario tiene más fuerza que la dictada por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito consideró Alberto Elías Beltrán, subprocura­dor Jurídico y de Asuntos Internacio­nales, y encargado de despacho de la PGR.

“... esta resolución del Tercer Tribunal Unitario tiene la fortaleza de establecer que deberá ser la Corte quien determine el alcance de la resolución del 31 de mayo; segurament­e la Suprema Corte, a través de los ministros, determinar­á que esta comisión no es posible de creación, porque violenta la propia Carta Magna”, declaró en entrevista con Mario Beteta en Radio Fórmula.

Afortunada­mente, consideró el funcionari­o, el Tribunal Unitario “estableció y nos da la razón, de la imposibili­dad jurídica del incumplimi­ento, no solamente por parte de la PGR, sino también por la CNDH, que fue quien interpuso este incidente junto con la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y la Cámara de Diputados”. m

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