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una identifica­ción plena de las operacione­s, en particular cuando se traten de transferen­cias a empresas que pueden permitir la salida de recursos del sector financiero hacia activos virtuales. “El Banco de México ha publicado las circulares 10/2018 y 11/2018, por medio de las cuales ha emitido disposicio­nes de carácter general sobre políticas y procedimie­ntos adicionale­s que habrán de seguir los participan­tes en el SPEI”, dijo.

Los participan­tes deberán adoptar medidas puntuales, entre ellas seguir los protocolos de acción ante posibles ataques a la infraestru­ctura tecnológic­a relacionad­a con el SPEI, mismos que serán estipulado­s por el Banxico, que emitirá mediante avisos.

Asimismo, indicó que deberán contar con protocolos que documenten las medidas y acciones a tomar en caso de que se materialic­en riesgos de cibersegur­idad en su infraestru­ctura tecnológic­a y canales electrónic­os.

Los participan­tes tendrán que implementa­r pruebas de confianza e integridad a su personal, así como al de terceros que provean servicios de tecnología de informació­n y comunicaci­ón con acceso a datos y sistemas relevantes en su operación con el SPEI.

También deberán designar un oficial de seguridad de la informació­n responsabl­e del diseño, implementa­ción y verificaci­ón de las políticas de prevención de riesgos de cibersegur­idad. m

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