Milenio

“Ningún senador puede renunciar al fuero”: Corte

La protección “fomenta la corrupción y la impunidad entre quienes lo ostentan”, alegan integrante­s de PRD, PT y Morena

- Rubén Mosso/ México

La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó un amparo a 17 senadores que desde 2016 buscaban que se les retirara el fuero, bajo el argumento de que dicha protección constituci­onal fomenta la “corrupción” e “impunidad”.

Los legislador­es federales que intentaron que la Corte les diera la razón forman parte de PRD, PT, Morena y uno es independie­nte y, la mayoría, son afi nes al presidente electo, Andrés Manuel López Obrador.

Por unanimidad, la sala avaló el proyecto del ministro José Fernando Franco González Salas que menciona que el fuero constituci­onal del que gozan los funcionari­os forma parte de una garantía que beneficia el principio de división de poderes, para evitar que uno obtenga mayor influencia o concentrac­ión.

Por este motivo, agrega el documento, “ningún senador de la República puede renunciar al fuero, solo porque así lo desea”.

El 27 de septiembre de 2016, senadores como Mario Delgado, Dolores Padierna, Iris Vianney Mendoza, Raúl Morón y Armando Ríos Piter, por citar algunos, solicitaro­n que se les retirara el fuero, porque “fomenta la corrupción y la impunidad entre quienes lo ostentan”.

Los senadores alegaron que México vive un momento muy crítico, por lo que es necesario pensar en acciones que redefinan al sistema político desde la base. “Una sociedad democrátic­a, sana, libre y digna no puede consentir por más tiempo que sus representa­ntes populares se encuentren indebidame­nte protegidos y, por tanto, posiblemen­te motivados a utilizar los recursos públicos para fi nes privados”, detalla la demanda de garantía de los quejosos.

“Forma parte de una garantía que beneficia la división de poderes”: Franco González Salas

En primera instancia, un juez federal rechazó conceder el amparo a los legislador­es federales, motivo por el cual el caso llegó a la Corte, donde el ministro González Salas propuso ratificar el fallo del juzgador inferior.

En su proyecto menciona que el fuero constituci­onal es concedido a los funcionari­os no en su interés personal, sino en conexión con las funciones públicas que desarrolla­n y para la protección de ellas, sin que pueda ser desconocid­a por la autoridad jurisdicci­onal o cualquier otro órgano que se cree conforme a la Constituci­ón. “En este sentido, el diseño del fuero constituci­onal forma parte de una garantía institucio­nal en beneficio del principio de división de poderes, al impedir que uno obtenga mayor influencia o concentrac­ión sobre la toma de decisiones de otro mediante la presión jurisdicci­onal que se pueda ejercer sobre alguno de los integrante­s que lo representa­n, evitando una interferen­cia indirecta en la labor y función esencial que realiza, así como la desaparici­ón fáctica del cuerpo estatal que conforma”, se documenta en el proyecto. m

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El ministro encargado de presentar el proyecto.

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