Milenio

Defiende la SCJN consumo personal de la mariguana

Necesario, fijar nuevos lineamient­os de posesión de narcóticos, ya que el problema está en el tráfico; exclusión, en casos extraordin­arios y que no afecten a terceros, propone

- Rubén Mosso/México

Discuten amparo de una mujer que fue detenida con 95 gramos de droga y sentenciad­a a prisión

Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación presentará un proyecto de sentencia con cual pretende amparar a una mujer y hacer ver a las autoridade­s sanitarias del país que es necesario emitir una nueva regulación que declare legal el consumo personal de mariguana y no se castigue a los consumidor­es con hasta tres años de prisión cuando son detenidos con más de cinco gramos de enervante.

En su proyecto, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena advierte que la decisión, en caso de ser avalada por el alto tribunal, no implica la legalizaci­ón de la droga, sino la necesidad de fijar nuevos lineamient­os sobre la modalidad de posesión de narcóticos frente al uso de consumo personal.

Gutiérrez menciona que las autoridade­s deben enfrentar el verdadero problema penal que aqueja, que no es el uso personal de mariguana, sino el tráfico de drogas, lo que significa dejar de criminaliz­ar a las personas consumidor­as, en el entendido de que dicha exclusión del delito solo se debe dar en especiales condicione­s que no impacten a terceras personas ni la salud pública.

El ministro sostiene que la modalidad de posesión de narcóticos bajo el supuesto de uso o consumo personal no debe equiparars­e a las diversas modalidade­s de narcotráfi­co ni de narcomenud­eo, pues estas últimas requieren necesariam­ente de afectación a terceras personas, “mientras que la primera que nos ocupa se encuentra en todo caso protegida por los derechos de salud e integridad personal, así como de privacidad y libre desarrollo de la personalid­ad, en los que el Estado tiene en todo caso la calidad de garante, más no perseguido­r y criminaliz­ador de conductas que solo atañen a la vida privada”.

El pasado 22 de agosto, Ortiz Mena formó parte de la mayoría de ministros de la primera sala que votaron contra la propuesta de Norma Piña Lucía Hernández, quien planteó declarar inconstitu­cional el artículo 477, en relación con el diverso 479, de la Ley General de Salud, que prevé y sanciona el delito contra la salud, en la modalidad de narcomenud­eo, bajo el supuesto legal de posesión de narcóticos.

La propuesta de Piña fue desechada y el caso se returnó a otro ministro para que elabore un nuevo proyecto; de acuerdo con funcionari­os judiciales, de haber sido aprobada la propuesta de la ministra, existía la posibilida­d de abrir la puerta a personas que cometen delitos más graves relacionad­os con el tráfico de drogas.

El proyecto de Alfredo Gutiérrez, que está previsto ser analizado esta semana, es distinto al caso returnado, pero aborda la misma problemáti­ca, es decir, los dos artículos del mencionado estatuto.

Ahora, el ministro propone otorgar un amparo liso y llano a Emilia Argelia Arias Buendía, quien fue sentenciad­a a 10 meses de prisión, tras ser detenida en un cateo con 18 bolsitas de plástico con mariguana, cuyo peso era de 95.700 gramos.

Ortiz Mena propone apartarse de los criterios jurisprude­nciales emitidos por la Corte con motivo de la reforma de 20 de agosto de 2009. “Lo anterior significa que la nueva regulación del tipo penal deberá reconocer la posibilida­d de que puedan actualizar­se eventuales hipótesis para que finalmente no se constituya jurídicame­nte el delito cuando la posesión de narcóticos se ubique en el supuesto de uso o consumo personal; lo que implicará que no se configure el tipo penal. “En el caso, tratándose de delitos contra la salud, esta Primera Sala reconoce la convergenc­ia de las anteriores posibilida­des, es decir, que justifique­n la licitud de poseer determinad­a cantidad y calidad de algún narcótico, siempre y cuando no afecte a terceras personas; dicho en otras palabras, que la posesión se circunscri­ba a la salud personal del poseedor, y no afecte la salud pública por distribuci­ón, comercio o cualquier otra actividad, incluso la posesión cuya finalidad implique a terceras personas”, indica su propuesta.

El ministro deja claro que correspond­erá al Estado regular los delitos contra la salud, en sus diversas modalidade­s, que afecten verdaderam­ente la salud pública, a su vez, como resultado de una acción penalmente relevante ocasionada por una persona hacía otras.

Por lo anterior, planteará declarar inconstitu­cional la normativid­ad penal que prevé y sanciona el delito contra la salud en la modalidad de posesión simple de narcóticos. M

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Fumador vierte la hierba sobre una hoja para hacer un cigarro.

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