Maite Azuela
“A partir de un caso de abuso en un kínder de CdMx se identifican patrones”
El texto publicado por la Oficina de De fe ns o ría de Derechos de la Infancia A. C. “Delitos del Estado” nos recibe con la imagen de un iceberg que revela en buena medida uno de los hilos conductores de su contenido, ya que a partir de un caso de abuso sexual en un kínder de Ciudad de México se identifican patrones y se elaboran hipótesis con suficiente sustento para inferir que hay una complicidad del Estado en la operación de redes de pederastia. La punta del escalofriante abuso que apenas se asoma tiene una estructura de fondo que se conoce poco y a la cual se ha decidido ignorar.
A partir del seguimiento y representación jurídica que la organización documenta, con extremo cuidado para proteger identidades y no revelar datos personales, se devela que la participación articulada entre personal de enseñanza, de limpieza e incluso equipo directivo, así como sus comportamientos, no son acciones delictivas aisladas, sino que en otras instituciones educativas se presentan similitudes.
Para explicarlo derivan una clasificación de elementos complejos que presentan y describen los niveles de intervención de los diferentes responsables. Entre algunos de los elementos que plantean está el alto número de víctimas en cada caso, el uso de infraestructura institucional, así como la coordinación jerárquica entre algunos funcionarios educativos que participan proactivamente o con deliberada negligencia. Entre esta lista señalan además dos elementos de la hipótesis que arrojan luz sobre la efectividad de la operación: la intermediación de las autoridades en la planeación y ejecución del delito, por una parte, y la difusa colaboración entre crimen organizado y agentes de Estado que impide que se establezcan diferencias en su participación.
¿Se trata de delitos de funcionarios públicos en lo individual o de una responsabilidad de Estado? Justamente es esta pregunta la que responden en el texto Margarita Griesbach, Diana Mora y Yuli Pliego. La preocupación de las autoras radica en la evidencia que han ido levantando sobre el hecho de que en la institución hayan concurrido más de tres agresores sexuales actuando conjuntamente y que este patrón sea repetitivo.
La propuesta del texto invita a repensar los procesos de justicia que se constriñen a resoluciones penales individuales, bajo la lógica de imputación personal y obvian la posibilidad de aplicar procesos de justicia que incorporen a las instituciones implicadas aun cuando las penas se apliquen de forma personal.
Si seguimos confiando en que quienes nos gobiernan buscan desmantelar redes criminales, esta ruta planteada por las autoras debe considerarse. Proponen que las herramientas jurídicas para investigación y sanción sean clarificadas y así puedan aplicarse para la adecuada atención, investigación y enjuiciamiento de los delitos de Estado.
¿Quiénes, cuántos y desde dónde son protegidos jurídicamente aquellos que en plena institución escolar abusan sexualmente de niñas y niños? Pensar que actúan sin un blindaje de alto nivel, y actuar como si así fuera, no solo les permite seguir operando, sino que los hace más fuertes.
¿Quiénes, cuántos y desde dónde son protegidos los que agreden sexualmente a niñas y niños?