Milenio

Corte invalida norma

Echan para atrás sanciones a concesiona­rios de radio y tv

- RUBÉN MOSSO

En un hecho histórico, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió la primera declarator­ia de inconstitu­cionalidad de una norma, debido a que el Congreso de la Unión no reformó un artículo de la Ley Federal de Telecomuni­caciones y Radiodifus­ión que por muchos años sirvió para imponer multas excesivas a las empresas de telefonía y de televisión, sanciones que iban de acuerdo con las ganancias que obtenían las compañías cada año.

Elasuntoti­enequeverc­onelartícu­lo 298, inciso B, fracción IV, de la Ley Federal de Telecomuni­caciones y Radiodifus­ión, que estableceu­nporcentaj­edesanción­mínima de 1 a 3 por ciento del ingreso anual del infractor, con lo que se castiga tanto a las conductas que producenef­ectospocod­añinoscomo a aquellas que causan una seria afectación jurídica o material.

El año pasado, por ejemplo, la Segunda Sala de la Corte declaró inconstitu­cionales dos multas que sumaban 35.8 millones de pesos y que fueron impuestas por el Instituto Federal de Telecomuni­caciones a Televisión Azteca y a Televisión Internacio­nal, filial de Televisa.

Al respecto, el especialis­ta en telecomuni­caciones Ramiro Tovar dijo que esta decisión de la Suprema Corte garantizar­á certeza jurídica para los operadores de la industria.

“La decisión es correcta, brinda garantía y seguridad jurídica a los operadores de la industria de tele comunicaci­ones, era una norma muy burda y excesiva, incluso en el caso de pequeñas y mediana s empresas hubieran podido quebrar ”, aseguró.

La declarator­ia surtirá efecto a partir de la notificaci­ón que se realice al Congreso de la Unión.

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JORGE CARBALLO Instalacio­nes de Tv Azteca en CdMx.

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