Corte invalida norma
Echan para atrás sanciones a concesionarios de radio y tv
En un hecho histórico, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió la primera declaratoria de inconstitucionalidad de una norma, debido a que el Congreso de la Unión no reformó un artículo de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que por muchos años sirvió para imponer multas excesivas a las empresas de telefonía y de televisión, sanciones que iban de acuerdo con las ganancias que obtenían las compañías cada año.
Elasuntotienequeverconelartículo 298, inciso B, fracción IV, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que estableceunporcentajedesanciónmínima de 1 a 3 por ciento del ingreso anual del infractor, con lo que se castiga tanto a las conductas que producenefectospocodañinoscomo a aquellas que causan una seria afectación jurídica o material.
El año pasado, por ejemplo, la Segunda Sala de la Corte declaró inconstitucionales dos multas que sumaban 35.8 millones de pesos y que fueron impuestas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones a Televisión Azteca y a Televisión Internacional, filial de Televisa.
Al respecto, el especialista en telecomunicaciones Ramiro Tovar dijo que esta decisión de la Suprema Corte garantizará certeza jurídica para los operadores de la industria.
“La decisión es correcta, brinda garantía y seguridad jurídica a los operadores de la industria de tele comunicaciones, era una norma muy burda y excesiva, incluso en el caso de pequeñas y mediana s empresas hubieran podido quebrar ”, aseguró.
La declaratoria surtirá efecto a partir de la notificación que se realice al Congreso de la Unión.