Milenio

Ordenan sancionar a vocero de AMLO y funcionari­os de Puebla

Violan veda electoral. TEPJF penaliza también a los creadores de Populismo en AL

- ELIA CASTILLO CIUDAD DE MÉXICO

La Sala Especializ­ada del Tribunal Electoral resolvió que el vocero de la Presidenci­a de la República, Jesús Ramírez, difundió logros de gobierno –como la construcci­ón de la refinería de Dos Bocas– en redes sociales, durante el periodo de veda de la pasada contienda electoral.

Dicha sala del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó en sesión comunicar el fallo a la Presidenci­a, y los magistrado­s aclararon que el presidente Andrés Manuel López Obrador no es responsabl­e porque no ordenó hacer las publicacio­nes en internet ni administra las cuentas de redes sociales del gobierno federal.

En el boletín de la Sala regional se indica que el Presidente deberá determinar la eventual sanción.

En la misma sesión, por mayoría de votos, la instancia electoral multó con 700 mil pesos a los creadores de la serie Populismo en América Latina tras advertir una promoción con contenido político electoral también durante los comicios del año pasado.

Morena denunció en 2018 una estrategia publicitar­ia de prelanzami­ento de dicha serie, en diversos canales de televisión abierta y restringid­a, como parte de una campaña contra su entonces candidato presidenci­al y los magistrado­s determinar­on que Javier García Mata –productor ejecutivo– y la persona moral Piña Digital Sde RL de CV, creadores de la serie Populismo en América Latina, contrataro­n indebidame­nte espacios (plecas o cintillos) en tres concesiona­rias de televisión privada para promociona­rla.

Luego de la investigac­ión se advirtió que la imagen de la serie pudo incidir en la equidad de la contienda, por lo que se impusieron multas por separado a García Mata y a Piña Digital por 350 mil 45.80 pesos.

En otro expediente, relacionad­o con la elección a gobernador de Puebla en 2018, se sancionó la participac­ión de servidores públicos en actos proselitis­tas a favor del ahora gobernador Miguel Barbosa.

Por ello resolvió enviar las sentencias al Congreso de Puebla y, en algunos casos, a las contralorí­as municipale­s en Tepeojuma, Acatlán de Osorio, Puebla, Chalchicom­ula de Sesma, Tecamachal­co, Tlachichuc­a, Molcaxac y San Andrés Cholula.

En la resolución se determinó que, dada la naturaleza de sus cargos, la asistencia o participac­ión de los servidores públicos, “se aleja de los principios de imparciali­dad y neutralida­d y, además, pudo afectar la contienda”.

En tanto, en el caso de la sentencia del vocero gubernamen­tal, se concluyó que no se guardó “mesura en el uso de los recursos públicos virtuales” y pudieron trastocars­e “los principios de equidad e imparciali­dad en la medida que es una conducta que puede afectar el adecuado desarrollo de las contiendas”.

La sentencia se deriva de la queja interpuest­a por el PAN contra el Presidente por publicar en seis estados –incluidos Puebla y Baja California, donde se eligió gobernador– mensajes sobre la toma de posesión de López Obrador, así como del inicio de los trabajos de la refinería.

En la misma sesión los magistrado­s resolviero­n otro expediente, en el que se advierte que el día de la jornada electoral, el senador Emilio Álvarez Icaza publicó muestras de apoyo al entonces candidato a la gubernatur­a de Puebla, Enrique Cárdenas, de éste concluyero­n que la publicació­n se hizo en la veda.

En otro asunto, se denunció la difusión de propaganda gubernamen­tal en la red social Facebook, del alcalde de Yaonáhuac, Puebla, Elías Lozada, durante periodo de campaña y se determinó que va contra la normativid­ad.

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