Iniciativa de reforma en puertos y marina mercante; ¿por qué Marina?
Los cambios a Ley Orgánica de la Administración Pública Federal propuestos por Morena buscan que la Semar retome facultades legales para atender trámites y servicios de transporte marítimo mediante una ventanilla única
Estamos ante lo que puede ser la sexagésima sexta reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual está vigente desde 1976, año en que el Ejecutivo federal, entonces encabezado por José López Portillo, determinó trasladar las atribuciones en materia de puertos y marina mercante de la Secretaría de Marina a la de Comunicaciones y Transportes. Hoy, a más de 40 años, el actual presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, ha manifestado públicamente la necesidad de poner orden en los puertos y aduanas para combatir la corrupción.
Una iniciativa de reforma a la ley señalada anteriormente, así como a la de Navegación y Comercio Marítimos y de Puertos, fue presentada el pasado 8 de septiembre por la legisladora de Morena Juanita Guerra, quien actualmente funge como presidenta de la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Diputados, quien además participó con 11 compañeros de su partido en la presentación de una iniciativa de reformasimilarel16deoctubrede 2019,buscandolatransferenciade funciones marítimas y mercantes de la SCT a Semar, pero sin considerar los puertos marítimos; esta vez la propuesta de la diputada Guerra sí los incluye.
La reforma busca que la Marina retome facultades legales para atender la totalidad de los trámites y servicios de transporte marítimo a través de una ventanilla única, dirigir la educación náutica mercante, elaborar y conducir la política marítima nacional, desarrollar las obras de dragado que sean necesarias para el país, supervisar el servicio de pilotaje, administrar la marina mercante y ejercer la autoridad de protección portuaria, atribuciones todas que actualmente están a cargo de la SCT, pero ¿por qué la Marina?
Tal y como se mencionó, la Secretaría de Marina ya estuvo encargada desde su creación en 1940 de los asuntos marítimoportuarios del país y una vez que sus atribuciones fueron transferidas a la SCT continuó colaborando a petición de esta última, debido que no contaba con los medios para cumplir con ciertas obligaciones como la búsqueda, rescate, salvamento y auxilio en las zonas marinas mexicanas, así como los compromisos internacionales, lo que posteriormente dio lugar a la creación de los Centros Unificados para la Atención de Incidentes Marítimos y Portuarios, un grupo de coordinación interinstitucional entre Semar-SCT para el establecimiento de niveles de protección en las instalaciones portuarias, principalmente.
Estamos hablando de que, por muchos años, una secretaría de Estado, es decir, Marina, ejerció materialmente las obligaciones que legalmente eran responsabilidad de otra.
El presidente López Obrador manifestó la necesidad de poner orden en puertos y aduanas
Fue hasta 2006 cuando por medio de una reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal se regularizó la búsqueda y rescate para conferirla a la dependencia que de facto la implementaba. Por otra parte, las obligaciones del Estado mexicano en materia de protección marítima y portuaria pasaron del nivel de acuerdos de colaboración al de rango de ley tras la reforma instaurada en 2016, mediante la cual se transfirieron las capitanías de puerto a Marina y, a la vez, quedó establecido que ambas dependencias debían coordinarse para implementar las medidas tanto de protección marítima como portuaria; sin embargo, dichas funciones quedaron divididas entre las dos, ya que en la práctica, la Semar se encarga de la implementación de dicho código en las embarcaciones y la SCT respecto a las instalaciones portuarias por medio del Fideicomiso de Formación y Capacitación para el Personal de la Marina Mercante Nacional.
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L delaSCTenelcumplimientodealgunas de sus obligaciones fue otro de los detonantes de la reforma.
El artículo 36 fracción I de la citada ley orgánica, señala que esa dependencia debe formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte por agua, obligación que fue incorporada desde 1982, pero que a la fecha no se le ha dado cumplimiento; por tanto, nuestro país no cuenta con una línea clara de los objetivos que tiene en la materia y de las estrategias que deberá implementar para alcanzarlos.
Resulta increíble que un país como el nuestro, con el potencial que tiene, no se haya preocupado hasta la fecha por sentar las bases de su desarrollo marítimo.
Está por demás mencionar que los alumnos que cursan sus estudios en las tres escuelas náuticas del país carecen de un buque escuela para llevar a cabo sus práca ticas, sin mencionar que esa falta contraviene lo establecido en el artículo 31 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.
De ahí que la legisladora justifique su intención de retirar atribuciones legales a quienes no les está dando debido cumplimiento.
Adicionalmente, a partir de la transferencia de las capitanías de puerto a la Marina, la atención de los asuntos marítimos del país quedó fragmentada, pues la reforma de 2016 generó una división de atribuciones entre ambas dependencias, lo que ocasiona duplicidad de funciones e incertidumbre en los particulares que acuden a la mal llamada ventanilla única, tanto de SCT como de Semar.
La iniciativa no contempla la transferencia de aduanas marítimas, ya que las atribuciones de la Secretaría de Hacienda en la materia serán reforzadas con personal de Semar por medio de acuerdos de colaboración.
La iniciativa de reforma, que actualmente se encuentra en análisis en el Senado implica una reestructuración parcial de la organización de la administración pública centralizada, concretamente en materia de asuntos marítimos, puertos y marina mercante, al concentrarlas en la secretaría de Estado que cuenta con el personal y los medios para hacerlas cumplir, la Marina.
*CAPITÁN DE CORBETA DEL SERVICIO DE JUSTICIA NAVAL Y DIRECTORA DE ASUNTOS INTERNACIONALES Y MARÍTIMO PORTUARIOS DE LA UNIDAD JURÍDICA DE LA SECRETARÍA DE MARINA
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