Punto por punto
Para entender el alcance de la reforma laboral, Publimetro presenta las cuatro afectaciones o cambios más importantes que plantea el dictamen aprobado por el Pleno del Senado, el jueves pasado, a través de una serie de cambios a los artículos 107 y 123 de la Constitución mexicana:
1 Conflictos laborales más largos.
Enrique Larios, presidente del Colegio de Profesores de Derecho del Trabajo de la UNAM, explicó que la desaparición y sustitución de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, federal y locales, por tribunales laborales y un órgano descentralizado de conciliación duplicará el tiempo de solución de conflictos entre trabajadores y empresas. Ello, explicó, debido a que la apertura de tribunales implica la apertura de salas de apelación, lo cual significa una doble instancia legal para dirimir las diferencias, cuando –hoy– con
las Juntas de Conciliación el laudo o resolución se da a través de una sola estructura.
“Ello significa procesos más largos, porque las partes –primero– deberán asistir ante el nuevo órgano de conciliación, donde deberán cubrir una serie de formulismos; y después –cuando no haya acuerdos– ir a otras instalaciones, a las del tribunal, presentar pruebas y desahogarlas, cuando hoy todo se hace ante una misma autoridad”, apuntó.
2 Resoluciones sin el espíritu de la LFT.
Luis Monsalvo Álvarez, catedráti- co del UIA, señaló que el cambio de la figura de laudos –fallo emitido por árbitros o amigables componedores– por resoluciones estrictamente judiciales implica un reto y riesgo importante el alejamiento de los preceptos de conciliación que establece la LFT. Lo anterior, debido a que la falta de especialización –o pericia– de parte de los nuevos jueces laborales sobre los criterios y detalles que norman las relaciones entre empresas y trabajadores en determinados sectores, podrían limitar el alcance de los fallos emitidos y alejarlos de la conciencia de la Ley Federal del Trabajo.
3 Control de sindicatos.
Monsalvo Álvarez explicó que de acuerdo al dictamen aprobado por los senadores, se crearía un organismo federal descentralizado de conciliación, con facultades en el orden nacional para el registro de todos los contratos colectivos de trabajo, sindicatos y todos los procesos administrativos relacionados.
Y ello no es más que una reminiscencia del control que hoy ejerce el gobierno federal, a través de la Secretaría del Trabajo, ya que si bien se entrega la administración de justicia laboral al Poder Judicial, a través de los tribunales, el Ejecutivo mantiene todas las facultades sobre las organizaciones sindicales, lo cual tiene consecuencias para los patrones y los empleados.
4 Más burocracia y gasto.
El presidente del Colegio de Profesores de Derecho del Trabajo de la UNAM y el especialista de la UIA coincidieron que para aplicar la reforma se necesita una partida presupuestaria especial para poner en marcha la reforma y los nuevos órganos laborales, lo cual resulta un tema difícil ante el panorama de recortes al gasto público planteados por el gobierno federal.
El especialista de la UNAM señaló que, para darse una idea de los costos de la reforma, basta decir que los cambios laborales planteados por el Senado equivalen a destinar “los miles de millones de pesos que se requirieron para poner en marcha la reforma que crea el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en 1990, durante el sexenio de Ernesto Zedillo”.
A lo cual se suma, los gastos que implicaría el despido de todos los integrantes de las Juntas de Conciliación, cuyo empleo no está asegurado en la reforma, cuyo dictamen sólo establece que sólo “se tomará en cuenta su derechos”, pero no sus méritos, conocimientos y capacidades para ser recontratados.