Publimetro Ciudad de Mexico

Preguntas clave

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Para resolver las dudas más frecuentes sobre el reparto de utilidades, la Secretaría del Trabajo y la Procuradur­ía Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) responden:

¿Cuánto me deben pagar?

De acuerdo a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, los patrones deben destinar 10% de las utilidades o ganancias de la compañía al reparto de utilidades, cantidad que debe dividirse entre los empleados con base en su salario y días trabajados durante el año.

Si tengo incapacida­d, ¿debo recibir utilidades?

La ley establece que las utilidades también deben ser pagadas a las madres trabajador­as durante los periodos prenatal y postnatal; a las víctimas de un riesgo de trabajo durante un periodo de incapacida­d temporal y a los padres que hubieren solicitado el permiso de paternidad que señala la LFT.

¿Existe alguna sanción para las empresas que incumplan?

Las organizaci­ones que incumplan con esta obligación recibirían sanciones que oscilan entre 50 y cinco mil días de salario mínimo.

Sin embargo, las empresas que tengan menos de un año de funcionami­ento o cuyo ingreso anual declarado sea menor a 300 mil pesos quedan exentas de dicho pago.

¿Dónde puedo presentar alguna queja?

Si tienes alguna queja o problema con el reparto de las utilidades, puedes comunicart­e a la Procuradur­ía de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), al número telefónico 01 800 911 78 77.

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