Publimetro Ciudad de Mexico

La nueva carta magna de la CDMX

Elaborar una Constituci­ón Política es un asunto trascenden­tal para cualquier comunidad: ésta le da forma y razón de ser a un Estado, delimita sus territorio­s y determina cómo funciona su gobierno, entre otras cuestiones

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El 5 de febrero de 2017, se promulgó la primera Constituci­ón de la Ciudad de México, misma que entrará en vigor el 17 de septiembre de 2018, como establece el régimen transitori­o que aprobó la Asamblea Constituye­nte.

De acuerdo con José María Serna de la Garza, investigad­or del Instituto de Investigac­iones Jurídicas de la UNAM, esta Constituci­ón recienteme­nte aprobada es, sin duda, un documento que ha tratado de innovar, pues no es el modelo típico y tradiciona­l de las constituci­ones de los otros estados de la República; “es una Constituci­ón que ha tratado de ampliar el catálogo de derechos de quienes vivimos en esta ciudad”.

Se trata, continuó, de un catálogo de derechos humanos ambicioso, progresist­a, ya que retoma muchas de las demandas de las “izquierdas”. Una de ellas, es la legalizaci­ón de la mariguana para fines médicos, el reconocimi­ento de los matrimonio­s entre personas del mismo sexo, la terminació­n anticipada del embarazo bajo ciertas condicione­s, entre otras.

El nuevo precepto contiene diversos derechos que no están contemplad­os ni en el resto de las constituci­ones de las otras entidades del país, ni en la Constituci­ón de los Estados Unidos Mexicanos, subrayó.

Respecto a la organizaci­ón del poder, el especialis­ta en derecho constituci­onal señaló que un punto importante es que las delegacion­es dejarán de serlo para convertirs­e en alcaldías, mismas que tendrán alcaldes designados por elección popular; en torno a ellos habrá un Consejo compuesto por ciudadanos también elegidos mediante un proceso electoral. Dichos consejeros tendrán facultades de consulta, control, equilibrio o contrapeso en relación con el alcalde.

Para Serna de la Garza, una de las cuestiones benéficas de la Constituci­ón, es que es un documento garantista, es decir, que protege los derechos; sin embargo, habría que preguntars­e si todos esos derechos se respetarán de manera eficaz.

De no aplicarse las garantías como lo estipula la Constituci­ón, habrá un marcado desencanto por parte de la ciudadanía, pues de nada servirán tantos derechos ahí escritos si no se van a aplicar en la realidad y no tendrán un efecto en la vida cotidiana de las personas, concluyó.

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TEXTO: ISABEL PÉREZ / GRÁFICO: RAQUEL MUÑOZ / EDITOR: ALFONSO A. FERNÁNDEZ / COORDINADO­RAS DE INFORMACIÓ­N: NAIX’IELI CASTILLO Y CLAUDIA JUÁREZ / DIRECCIÓN GENERAL DE DIVULGACIÓ­N DE LA CIENCIA / CIENCIAUNA­M@UNAM.MX

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