Hasta 15 años de cárcel por sabotear la red de agua
El mandatario capitalino señaló que cerrar las válvulas para afectar el suministro del líquido se puede equiparar con sabotaje, según el Código Penal
Miguel Ángel Mancera señaló que cerrar las válvulas para afectar el suministro se puede equiparar con sabotaje, según el Código Penal.
El jefe de gobierno de la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera, afirmó que el cerrar las válvulas de la red de agua de manera intencional para afectar el suministro del líquido a la ciudadanía puede ser equiparado con el delito de sabotaje.
Así lo señaló esta mañana en conferencia de prensa, en la que advirtió que las penas, de acuerdo con el Código Penal de la Ciudad de México vigente, van de cinco a 15 años de cárcel.
El capítulo III del Código Penal local menciona que comete sabotaje quien busque “trastornar la vida económica, política, social o cultural o alterar la capacidad del Gobierno para asegurar el orden público”.
La fracción III del artículo 363 indica que es sabotaje el entorpecer ilícitamente los servicios públicos, como lo es el del suministro de agua potable, apuntó Mancera, por lo que la pena es de cinco a 15 años de cárcel y la suspensión de los derechos políticos de uno a siete años.
Contra la gobernabilidad
Este miércoles, Mancera informó que se han detectado 50 puntos en seis delegaciones donde se han cerrado las válvulas de la red de agua potable con el propósito de afectar la gobernabilidad y entorpecer el suministro del líquido.
La falta del suministro ha provocado cierres viales desde semanas atrás, y del domingo a la fecha se ha registrado,
por lo menos, una protesta por la falta de agua en delegaciones como Venustiano Carranza, Cuauhtémoc, Iztapalapa e Iztacalco.
Es justo en dichas demarcaciones, más Azcapotzalco, Benito Juárez y Coyoacán donde el Sistema de Aguas de la Ciudad de México ha detectado válvulas cerradas por grupos ajenos a las autoridades capitalinas.
Publimetro revisó la Ley de Aguas de la Ciudad de México y encontró que la sanción para la
persona que altere válvulas de la infraestructura hidráulica es acreedora solamente a una sanción económica.
El artículo 110, fracción V de la mencionada ley indica que se sancionará a toda persona por “alterar la infraestructura hidráulica autorizada sin permiso de la autoridad competente”.
Dicha multa va de las 100 a las 300 unidades de medida, que equivalen a 80.60 pesos, por lo que la sanción va de los ocho mil 60 pesos a los 24 mil
180 pesos, pero no se menciona algún castigo de tipo penal o arresto administrativo.