Declaración anual, obligación para 1.9 millones de empresas
El próximo 2 de abril vence el plazo para que las empresas del país presenten su declaración anual, correspondiente al ejercicio fiscal 2017
La declaración anual de impuestos –correspondiente al ejercicio 2017– está en cuenta regresiva para todas las empresas que operan en nuestro país, integradas bajo el régimen de personas morales.
De acuerdo al artículo 76, fracción V de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), el 31 de marzo vence el plazo para cumplir con dicho requisito; sin embargo, por caer en sábado, la fecha límite se recorre al 2 de abril próximo.
Rubén Herrero Zepeda, presidente del despacho Impuestum Contadores, explicó que todas las organizaciones inscritas en el Régimen General del Impuesto Sobre la Renta (ISR), denominado Título II, están obligadas a presentar su declaración anual.
Señaló que las únicas que no son sujetas a tal requerimiento son las sociedades de inversión, los sindicatos, las cámaras de comercio e industria, los colegios de profesionistas, las instituciones de asistencia, beneficencia o que reciben donativos y asociaciones civiles sin fines de lucro.
El resto de las organizaciones, apuntó, como las sociedades mercantiles y anónimas, las cooperativas, los almacenes, las arrendadoras financieras y las uniones de crédito, seguros o fianzas; así como las sociedades de inversión de capitales y los fideicomisos con actividades empresariales, entre otras empresas, tienen que cumplir con el reporte fiscal mencionado.
Herrero explicó que, de acuerdo al último reporte del Servicio de Administración Tributaria, existen 1.9 millones de personas morales o empresas que están obligadas a presentar su declaración antes del próximo 2 de abril.
En México más de la mitad de las empresas presentan su declaración anual de impuestos 15 días antes de concluir
el plazo marcado por la ley, reveló el despacho Impuestum Contadores.
¿Qué impuestos debo reportar?
En una entrevista con Publimetro, Herrero Zepeda refirió que el ISR es el único impuesto integrado a la declaración anual de las personas morales del ejercicio fiscal 2017.
Explicó que, aún cuando los contribuyentes suelen pensar que el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) son parte de la declaración anual, estos últimos se reportan de forma mensual y se liquida en pagos definitivos, por lo que no están incluidos.
¿Qué información debe tener el contribuyente?
El especialista señaló que las empresas deben contar con las cédulas o reportes fiscales en materia de ingresos acumulables y nominales, deducciones y ajustes por inflación. Además del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), su contraseña y su respectiva firma electrónica.
¿De qué forma pago mis impuestos?
Si en la declaración anual resultan impuestos a cargo del contribuyente, el pago debe realizarse por Internet mediante transferencia electrónica en el portal de algún banco autorizado.