ALEJANDRA LAGUNES
SENADORA DE LA REPÚBLICA POR EL PVEM
La semana pasada la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que modifica diversos artículos de la Constitución para cambiar los requerimientos para la realización de consultas públicas, así como para crear la figura de revocación de mandato para el presidente. La creación y fortalecimiento de instrumentos de democracia directa será siempre una buena noticia; sin embargo, es vital que sus reglas garanticen que estos pertenezcan a la sociedad y no a los gobiernos. La revocación de mandato es un mecanismo institucional y una herramienta de la democracia directa que –junto con el plebiscito, la iniciativa popular y el referéndum– ganó terreno en el mundo durante los años 90 derivado de la crisis de representación y de un creciente descontento ciudadano con sus gobiernos, particularmente en sistemas
presidenciales. Esta figura es un medio reactivo, de defensa ciudadana y de rendición de cuentas vertical. Es decir, es un instrumento que, al contrario de la rendición de cuentas horizontal, surge desde la sociedad y se dirige al gobierno y no funciona dentro del aparato interno del Estado. El dictamen aprobado por la Cámara de Diputados contradice estas características al establecer, por ejemplo, que la revocación pueda ser solicitada por el presidente o por el Congreso de la Unión, y que ésta deberá de realizarse en las mismas fechas de la próxima elección federal. La revocación de mandato debe ser solicitada exclusivamente por la sociedad y realizarse en fecha distinta a la de los procesos electorales federales. Con ello se disminuye el riesgo de que sea utilizada como un medio de propaganda personal o partidista.