Funcionarios no podrán bloquear a los usuarios de Twitter: SCJN
El tema cobró relevancia luego de que un fiscal general de Veracruz bloqueó en su cuenta de Twitter a un periodista
Al resolver el amparo de un periodista bloqueado en la red social por un servidor público, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las cuentas de funcionarios son de interés público, por lo que no pueden limitar su contenido de forma injustificada.
“El fiscal no acreditó la necesidad de resguardar la información difundida en su cuenta de Twitter de la injerencia de la sociedad”
Resolución de la SCJN
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que Twitter es un canal de comunicación entre servidores públicos y ciudadanos, por lo que un funcionario no puede bloquear a otros usuarios.
El fallo es resultado de un amparo a favor del periodista Miguel Ángel León Carmona, quien interpuso este recurso debido a que el fiscal de Veracruz, Jorge Winckler Ortiz, lo bloqueó en dicha red social tras una serie de reportajes.
Por unanimidad, los ministros determinaron que el bloqueo corresponde a un acto de autoridad que implica una restricción indebida al derecho de acceso a la información del periodista.
Además, señala el escrito, como servidor público uno decide voluntariamente colocarse en un nivel de publicidad y escrutinio distinto al de una persona privada, y que los contenidos compartidos en la cuenta de Twitter tienen relevancia pública y son información de interés general.
Esto debido a que fue el propio funcionario quien voluntariamente utilizó su cuenta como medio de difusión para compartir, entre otros, información relacionada con su gestión como fiscal. Al hacerlo, colocó su cuenta de Twitter en una posición de mayor escrutinio público.
“La resolución no determina que el derecho a la privacidad de los servidores públicos deba ser limitado en todos los casos, ya que existe un contenido mínimo de este derecho que debe ser respetado”, precisaron los jueces.
La orden de desbloquear al periodista no es una medida desproporcional que afecte injustificadamente el derecho a la privacidad del servidor público, coincidieron los ministros, toda vez que el trabajador gubernamental posee un umbral de protección menos extenso que el de las personas privadas.
Esto se suma a que el fiscal no acreditó la necesidad de resguardar la información difundida en su cuenta de Twitter de la injerencia de la sociedad.
Winckler, por su parte, reconoció el fallo del máximo organismo de justicia del país y procedió a retirar el bloqueo.