Avalan pena de 12 años por sexting o porno venganza
El congreso local tipificó como delito el sexting y la porno venganza, además del grooming, las penas alcanzan los 12 años de prisión y en caso de cometerse a menores de 12 años de edad, hasta 15 de cárcel.
Diputados de Jalisco acordaron tipifcar como delito en el Código Penal del estado el porno por venganza y el sexting, es decir, sancionar a aquellas personas que publiquen videos o divulguen materiales de índole sexual sin la autorización de alguno de sus participantes.
Los legisladores también aprobaron sancionar el grooming: adultos que se hagan pasar por niños o adolescentes para engañar a un menor de edad con fines sexuales y a quien instigue al suicidio o a inflingirse lesiones.
A decir de los legisladores, estas medida son para proteger a los menores de edad principalmente y que se haga un buen uso de las tecnologías de la información.
El pleno del Congreso aprobó el dictamen que emitió la Comisión de Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos y Reglamentos y donde se modifica el capítulo I del Código
Penal denominado Ultrajes a la Moral o a las Buenas Costumbres y a la Incitación a la Prostitución.
Cambia la redacción del Artículo 135 bis para sancionar a quien “sin el consentimiento del pasivo divulgue material con contenido erótico sexual, verdadero o alterado, que afecte la honra o prestigio de una persona”. Al responsable se le impondrá una pena de dos a cinco años de prisión.
Cuando la situación se cometa a través de las tecnologías de la información, se le impondrá de cuatro a ocho años de prisión, la pena será de seis a 12 años cuando el delito se cometa en perjuicio de un menor de edad.
“Es muy peligroso: cuando las imágenes se vuelven virales pueden desencadenar depresión, estrés, angustia y se han dado casos de muerte por suicidio, pero no siempre se hacen públicas”, expuso la legisladora Rocío Corona Nakamura, quien presentó la iniciativa para modificar la ley.